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En las últimas semanas, contribuyentes comenzaron a recibir notificaciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tras detectarse inconsistencias en las deducciones informadas en el Impuesto a las Ganancias.

A través de cruces de información y controles electrónicos, el organismo puso la lupa sobre gastos declarados en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG).

Las comunicaciones llegaron al domicilio fiscal electrónico mediante el Sistema de Acciones de Control Electrónico (Siace), una herramienta que busca corregir desvíos antes de que las liquidaciones queden firmes.

“Lo que está haciendo ARCA es enviar notificaciones a los contribuyentes en el marco de la Resolución General 5823/2026, mediante la cual se los invita a rectificar voluntariamente sus declaraciones juradas”, explicó a El Cronista Marcelo D. Rodríguez, CEO de MR Consultores.

¿Por qué ARCA está enviando intimaciones?

Las inconsistencias detectadas surgen, en gran medida, de gastos que fueron informados en el SIRADIG para reducir las retenciones de Ganancias, pero que no cumplen con los requisitos establecidos por la normativa.

“Desde el año 2017 existe en el sistema de ARCA una aplicación que se llama SIRADIG donde vos ingresás tus gastos, tus cargas de familia y demás para que mensualmente tu empleador calcule el Impuesto a las Ganancias”, recordó Rodríguez. El problema surge cuando la información cargada no se ajusta a lo que permite la normativa. “La inconsistencia que está detectando el organismo es que los contribuyentes a efectos de sufrir una menor retención del impuesto para pagar menos, están informando gastos que no son deducibles”, afirmó.

Para el especialista, la mayoría de las observaciones no responden a errores involuntarios, “sino que se trata de cursos de acción no aconsejables, porque obviamente no son deducciones permitidas”, sostuvo.

Los gastos que rechaza ARCA

A partir de los cruces de información, el organismo detectó una cantidad de inconsistencias superior a la habitual. Entre los conceptos más observados aparecen compras de indumentaria, aportes a Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) que no pueden acreditarse, donaciones inexistentes y gastos médicos sin respaldo documental.

La compra de ropa es, según los especialistas, uno de los casos más frecuentes. La confusión suele generarse porque algunos contribuyentes consideran que determinadas prendas utilizadas para trabajar deberían ser deducibles. Sin embargo, la ley contempla una excepción muy limitada.

La única indumentaria que vos podés deducir es aquella que debió suministrarte tu empleador en el marco de la relación laboral y que por alguna razón no te la entrega”, explicó el abogado.

Y agregó: “Eso sí sería deducible, pero un traje para un ejecutivo o eventualmente indumentaria para una mujer, lo que sea, eso la ley no permite la deducción”.

Otro de los conceptos observados son las donaciones que nunca fueron realizadas o que no cuentan con la documentación necesaria para acreditarlas. Lo mismo ocurre con los gastos médicos cargados sin comprobantes válidos.

En paralelo, ARCA también está revisando aportes informados a Sociedades de Garantía Recíproca. En estos casos, el organismo cuenta con información propia que le permite verificar si los aportes efectivamente existieron o no.

Las cargas de familia declaradas incorrectamente también aparecen entre los conceptos observados. Si los requisitos establecidos por la normativa no se cumplen, la deducción puede ser rechazada y generar diferencias de impuesto.

Qué gastos sí pueden deducirse en Ganancias

Entre las principales deducciones admitidas por la normativa se encuentran las cargas de familia, los alquileres de vivienda, los gastos vinculados con personal de casas particulares, determinados gastos médicos y los gastos educativos incorporados en los últimos años.

Estas deducciones permiten reducir la base imponible y, en consecuencia, el monto del impuesto a pagar, pero deben cumplir estrictamente con los requisitos previstos por la legislación vigente.

La recomendación de los tributaristas es evitar interpretaciones amplias sobre qué gastos pueden computarse y verificar siempre que el concepto se encuentre expresamente contemplado por la normativa.

Qué debe hacer un contribuyente si recibe una notificación

Las comunicaciones enviadas por ARCA incluyen información detallada sobre las inconsistencias detectadas y el monto que, según el organismo, debería ingresarse para regularizar la situación.

“El organismo te informa cuál es el monto del gasto que no sería deducible. Y en la misma notificación te informa el impuesto que estás adeudando”, explicó Rodríguez.

La primera alternativa consiste en aceptar la observación e ingresar la diferencia mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP). Según el especialista, esta suele ser la opción más simple para solucionar el problema sin generar nuevas obligaciones fiscales.

La segunda posibilidad consiste en inscribirse en el Impuesto a las Ganancias, presentar una declaración jurada y exteriorizar allí la diferencia observada por el organismo. Sin embargo, esta alternativa tiene consecuencias. “Una vez que presentás la declaración jurada, ya quedás inscripto y naturalmente tendrías que empezar a pagar anticipos”, advirtió.

Rodríguez señaló que, en general, el organismo busca que el contribuyente rectifique voluntariamente la situación antes de avanzar hacia instancias más complejas de control. Sin embargo, ignorar la comunicación puede derivar en consecuencias más graves. Si el contribuyente no regulariza la situación, ARCA puede iniciar una orden de intervención y avanzar hacia una fiscalización formal.

Además del impuesto reclamado, el contribuyente podría enfrentar sanciones económicas. “Te van a cobrar intereses por el plazo que vos no pagaste adecuadamente el impuesto y lo que es peor es posible que te apliquen una multa por omisión, que puede llegar hasta el 100% del impuesto que dejaste de pagar”, concluyó.