

El plazo establecido por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para realizar la recategorización del monotributo correspondiente a agosto ya terminó. El trámite debía completarse hasta el 5 de agosto de 2026, por lo que quienes tenían que modificar su categoría ya no pueden hacerlo dentro de ese período.
La recategorización se realiza dos veces al año, durante el primer trimestre y agosto, y sirve para determinar si los contribuyentes deben continuar en la categoría en la que estaban o pasar a otra. Para definirlo, se deben revisar los parámetros de los últimos 12 meses de actividad.
Cuándo vuelve la recategorización del monotributo en 2027
Una vez finalizado el período de agosto, la próxima instancia de recategorización será en febrero de 2027. ARCA establece que estos trámites se realizan en febrero y agosto de cada año, con vencimiento el día 5 de cada uno de esos meses.
Para esa próxima revisión, los monotributistas deberán volver a analizar su situación y comparar los parámetros de su actividad con los límites correspondientes a su categoría. La evaluación contempla los 12 meses anteriores al momento de la recategorización.

No todos los inscriptos tienen que modificar su situación en cada período. Quienes permanecen dentro de los parámetros de su categoría no deben realizar ninguna acción, mientras que tampoco están obligadas las personas que llevan menos de seis meses de actividad.
Quiénes tendrán que recategorizarse en el próximo período
El trámite será necesario para los monotributistas cuyos parámetros hayan cambiado de manera tal que ya no correspondan a la categoría que tienen registrada. La comparación no se limita únicamente a la facturación, sino que contempla distintos aspectos vinculados con la actividad.
Entre los datos que deben revisarse se encuentran los ingresos brutos obtenidos, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo anual de energía eléctrica. Si alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los valores de la categoría vigente, corresponde analizar un cambio.
La operación puede realizarse desde el Portal Monotributo con clave fiscal. ARCA también permite efectuar la recategorización simplificada mediante su aplicación móvil, donde el sistema muestra la información disponible y permite confirmar la nueva categoría cuando corresponde.
Cuáles son los valores del monotributo que rigen desde agosto de 2026
Desde el 1 de agosto de 2026 están vigentes nuevos límites y valores para las categorías del monotributo. ARCA publicó el cuadro actualizado con los topes de ingresos brutos, alquileres, superficie, energía eléctrica y los importes mensuales correspondientes.

Los valores totales mensuales para las categorías que figuran en el régimen son:
- Categoría A: $49.527,18.
- Categoría B: $56.379,08.
- Categoría C: $64.530,58 para servicios y $66.020,12 para venta de cosas muebles.
- Categoría D: $82.564,81 para servicios y $80.133,54 para venta de cosas muebles.
- Categoría E: $108.267,51 para servicios y $94.307,20 para venta de cosas muebles.
- Categoría F: $129.930,65 para servicios y $115.370,62 para venta de cosas muebles.
- Categoría G: $158.815,05 para servicios y $135.768,32 para venta de cosas muebles.
- Categoría H: $317.895,01 para servicios y $243.244,53 para venta de cosas muebles.
- Categoría I: $474.992,78 para servicios y $355.844,87 para venta de cosas muebles.
- Categoría J: $580.793,69 para servicios y $448.508,71 para venta de cosas muebles.
- Categoría K: $702.103,24 para servicios y $558.740,51 para venta de cosas muebles.
La tabla oficial también contempla los nuevos topes de ingresos brutos, además de los límites de superficie, consumo de energía y alquileres que deben utilizarse para determinar si una persona continúa en su categoría o necesita modificarla.













