

Este martes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó un trámite clave para que los monotributistas accedan al plan de facilidades de pago permanente.
A través de la Resolución General 5902/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, postergó hasta el 23 de octubre el proceso que categoriza como “Pequeño Contribuyente” a personas humanas y sucesiones indivisas.
Esto es clave para definir quiénes y bajo qué condiciones los distintos contribuyentes pueden acceder a los beneficios de este plan de pago, el cual incluye deudas impositivas, de los recursos de la seguridad social -junto con sus intereses- al igual que multas impuestas.
La categorización se hace mediante un proceso sistémico que, por norma, se ejecuta “el anteúltimo día hábil del mes de septiembre de cada año”.
Sin embargo, ahora ARCA extendió la fecha para esta redefinición en pos de permitir a más contribuyentes adherir al régimen de facilidades de pago como monotributistas.

Las claves de la resolución de ARCA
La RG 5321, que rige el régimen, establece que el porcentaje del pago a cuenta y la cantidad máxima de cuotas se determinan “según el tipo de contribuyente y el perfil de cumplimiento”.
Por ende, año a año se analiza la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales de los contribuyentes, o el monotributo durante el año calendario anterior para realizar esta recategorización.
Según la norma, son Pequeños Contribuyentes quienes figuran en el Sistema Registral con el código “547 - Pequeño Contribuyente” a la fecha de adhesión al plan.
Para quedar incluidos, los ingresos no pueden superar el tope de la categoría K del Monotributo vigente a diciembre del año anterior. Para los inscriptos en Ganancias o Bienes Personales, haber presentado la declaración jurada es “condición excluyente”, y la CUIT debe estar activa sin limitaciones.
Ahí está el motivo de la demora: el proceso toma los ingresos de la declaración jurada de Ganancias del período anterior, y, dado que recientemente ARCA también extendió el plazo para la presentación de este trámite correspondiente al período fiscal 2025 (prorrogado hasta el 13 de octubre de 2026), el organismo ahora tuvo que acomodar también la fecha de categorización al plan de facilidades de pago.
Así, el proceso sistémico de caracterización como “Pequeño Contribuyente”, originalmente previsto para fines de septiembre de cada año, se ejecutará el 23 de octubre de 2026.

Esta medida busca asegurar que el sistema cuente con la información actualizada necesaria para determinar correctamente quiénes califican para las condiciones preferenciales del régimen.
ARCA justificó la prórroga en los considerandos de la siguiente manera: resulta pertinente “diferir, con carácter excepcional”, la ejecución del proceso 2026 “a fin de contar con la información necesaria”.
El régimen, de carácter permanente, permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social. Este distingue entre Pequeños Contribuyentes, MiPyME (Tramos 1 y 2) con certificado vigente, entidades sin fines de lucro y “demás contribuyentes”.
La resolución lleva la firma del director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y entra en vigencia este mismo martes.
















