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El Congreso pone en marcha el tratamiento de la Ley de Inocencia Fiscal II, luego de que el Gobierno impulsara y aceptara modificaciones destinadas a ampliar el número de contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y reforzar la seguridad jurídica.

Antes del comienzo de la sesión en la Cámara de Diputados, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 22 de septiembre el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias, tanto por el régimen general como por el simplificado. Los especialistas coincidieron en que los cambios a la Ley 27.799 y la extensión del plazo impulsarán nuevas adhesiones.

En ese sentido, El Cronista accedió a nuevos datos exclusivos sobre la cantidad de inscriptos en el régimen simplificado. Según la respuesta a un pedido de acceso a la información pública, al 13 de agosto —con hora de corte a las 9— se contabilizaban 466.634 adheridos.

Como publicó este medio, al 27 de julio ARCA había registrado 421.424 inscriptos en el esquema simplificado de Ganancias. Es decir, en 18 días se sumaron 45.210 adhesiones, lo que representa un aumento del 10,7%.

En este nuevo pedido de acceso a la información pública, El Cronista consultó por la cantidad total de declaraciones juradas simplificadas presentadas. Ese mismo día —con hora de corte a las 8— se habían registrado 350.829 presentaciones.

El dato permite confirmar que alrededor del 75% de los contribuyentes adheridos al régimen ya había presentado la declaración jurada a través de esa modalidad.

Más de 350.000 contribuyentes ya presentaron la Declaración Jurada Simplificada
Más de 350.000 contribuyentes ya presentaron la Declaración Jurada SimplificadaChatGPT

Por su parte, ante la consulta de este medio, el organismo recaudador informó que la cantidad total de borradores de declaraciones juradas —con hora de corte a las 9:30— ascendía a 67.477.

La cantidad de presentaciones ya efectuadas responde a dos factores. En primer lugar, quienes adhieran al régimen, presenten la Declaración Jurada Simplificada y regularicen el pago del impuesto podrán acceder a los beneficios previstos en la Ley de Inocencia Fiscal: el efecto liberatorio del pago sobre el período fiscal base y la presunción de exactitud —conocida como “tapón fiscal”— sobre los tres períodos fiscales anteriores.

Por otro lado, los contribuyentes que estén en condiciones de inscribirse en el esquema simplificado tendrán la posibilidad de utilizar los dólares que tengan “debajo del colchón”. En otras palabras, si así lo desean podrán exteriorizar los ahorros que hayan mantenido fuera del sistema financiero formal durante los períodos de restricciones cambiarias.

El Gobierno busca que los u$s 170.000 millones que se encuentran fuera del sistema —según estimaciones del Banco Central (BCRA)—se canalicen hacia el consumo o fortalezcan el mercado de capitales doméstico. Si bien el Régimen Simplificado de Ganancias no constituye un blanqueo de capitales —ya que no contempla una amnistía—, el “tapón fiscal” permite a los contribuyentes utilizar su dinero sin que ARCA ponga la lupa sobre gastos personales o variaciones patrimoniales.

“ARCA te predetermina el impuesto y pone a disposición la información que tiene de vos en la Declaración Jurada (tenés opción de editarla y/o agregar si considerás que hay un error o es necesario), y solo se focaliza en lo que facturaste y los gastos deducibles”, señala el organismo recaudador en su sitio web.

Las modificaciones que buscan sumar adhesiones

La nueva Ley de Inocencia Fiscal tiene como principal objetivo ampliar el universo de contribuyentes habilitados para adherir al régimen simplificado. En ese sentido, el proyecto dispone la eliminación de los límites de ingresos ($ 1000 millones) y patrimonio ($ 10.000 millones) para las personas humanas y sucesiones indivisas.

También se incorporó la posibilidad de que los “Grandes Contribuyentes Nacionales” se inscriban en el esquema, aunque sin acceder a los beneficios previstos en la Ley de Inocencia Fiscal. Asimismo, quienes hayan ocupado cargos de alta responsabilidad pública durante los cinco años anteriores a la adhesión tampoco podrán gozar, a partir de la entrada en vigencia de la ley, del efecto liberatorio del pago ni del tapón fiscal.

Por otro lado, el oficialismo ajustó los parámetros a partir de los cuales ARCA podrá determinar la existencia de una discrepancia significativa. Esta se configurará cuando el incremento del impuesto determinado o la reducción de los quebrantos impositivos supere el 15%, o cuando la diferencia exceda el monto previsto para el delito de evasión simple ($ 100 millones).

Eliminación de parámetros para personas humanas y nuevos ajustes en discrepancias: los dos cambios clave para impulsar mayores adhesiones al RSG
Eliminación de parámetros para personas humanas y nuevos ajustes en discrepancias: los dos cambios clave para impulsar mayores adhesiones al RSGFuente: ShutterstockShutterstock

Sin embargo, aun cuando la diferencia supere el 15% del impuesto determinado, el contribuyente no perderá los beneficios si el monto reclamado no excede el equivalente al 5% del monto de evasión simple ($ 5 millones) previsto en el artículo 1° del Régimen Penal Tributario.

Otra de las modificaciones establece una ventana temporal para que los adheridos al régimen simplificado puedan exteriorizar sus ahorros. El plazo se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027.

Los fondos serán considerados “bienes incorporados al patrimonio del contribuyente” —a los efectos de Bienes Personales— en la fecha en que se concrete la operación. Además, deberán canalizarse, tanto en el origen como en el destino, a través de los medios autorizados por el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores (CNV).