Con la presentación del Presupuesto 2027, el Gobierno rompió puentes con los aliados del Congreso por los cambios que introdujo sobre la ley de Emergencia en Discapacidad. “Esto es parte de una descoordinación total”, se quejó una fuente de alto diálogo con el Ejecutivo ante El Cronista. Desde el oficialismo no supieron dar explicaciones y el proyecto paralelo que trabajaba el ministro de Salud, Mario Lugones, quedó más lejos de resultar en un acuerdo.

El oficialismo intentó bloquear la avanzada en reiteradas ocasiones. Luego de que el año pasado el presidente Javier Milei vetara la ley y el Congreso insistiera, la Secretaría Legal y Técnica suspendió la aplicabilidad de la norma por decreto y eso desencadenó un frente judicial. La insistencia del Gobierno sobre el freno después sumó otro capítulo con el Presupuesto 2026, cuando se cayó un apartado entero por incluir la derogación de la ley el día del dictamen. A mediados de este año, el Ejecutivo volvió a poner el debate sobre la mesa con un proyecto propio que naufragó al instante.

Ese texto, llamado “Contra el Fraude de Pensiones por Invalidez” y el cual supo El Cronista que no fue elaborado con aval pleno de la cúpula del Gobierno, es por caso muy similar a lo que introdujo anoche la Casa Rosada en el proyecto de Presupuesto 2027. Consecuentemente, también es lo opuesto a lo que venía negociando la Mesa Política con los aliados de las provincias. El avance de esta negociación, que surgió a partir del pedido de prórroga de la emergencia que impulsó la oposición, tuvo instancias de diálogo presenciales con funcionarios de Salud días atrás.

“Fueron a poner la cara”, resumieron desde el Gobierno. Los aliados no salieron contentos de ese encuentro ya que el Gobierno no presentó un proyecto oficial y los aliados les remitieron preguntas que, con el correr de los días, el Ejecutivo respondió por escrito. También presentaron un cronograma de pagos: El Cronista adelantó que planean un desembolso de $300 mil millones en octubre en materia de compensaciones.

Este miércoles comenzó a discutirse la emergencia en el plenario de Presupuesto y Discapacidad de Diputados, tras el emplazamiento aprobado hace una semana. La voz autorizada de La Libertad Avanza para referirse al tema fue Laura Rodríguez Machado: “Ambos son proyectos, de manera tal que está sometido a consideración de los bloques de esta Cámara qué artículos o qué contenido finalmente van a quedar (...) Esto llama a un consenso plural de trabajar y no a utilizar nuevamente materia política este tema. Así que convocados todos a trabajar en una ley superadora de la emergencia”, dijo.

Otras fuentes del bloque aseguraron en diálogo con El Cronista que “no se van a prender al uso político de la discapacidad” y que observan que “muchas jurisdicciones (provincias) no aplican la ley que establece que el cupo laboral para personas con discapacidad. Si todos cumplieran eso no estaríamos hablando de esto”, recriminaron. No obstante, los libertarios asumieron puertas adentro que desconocían de esta iniciativa y las fuentes con las que consultó El Cronista del Gobierno se pasaron la pelota sobre quién fue el responsable de elaborar el texto, tal como sucedió con el proyecto anterior.

El objetivo de Lugones, según habían anticipado, era eliminar la emergencia en discapacidad -o mejor dicho, no prorrogarla, ya que culmina en diciembre-. En los hechos, eso significaba terminar con el mecanismo que obliga al Tesoro a actualizar los aranceles de las prestaciones y a sostener un esquema de compensación automática atado a la inflación. Sin esa obligación, el financiamiento del sistema volvería a depender de partidas presupuestarias ordinarias, sujetas a la negociación anual entre el Ejecutivo y el Congreso, sin la garantía de ajuste automático que hoy exige la ley vigente.

Pero el proyecto de Presupuesto plantea un giro de fondo en el esquema vigente, con los temas que ya habían rechazado los aliados. El artículo 36 sustituye el artículo 6° de la ley 27.793 y rebautiza el beneficio como “Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral”, en reemplazo de la actual “Pensión no Contributiva por Discapacidad para Protección Social”. El haber se mantiene en el 70% del haber mínimo jubilatorio, el mismo porcentaje que rige desde la sanción de la ley.

El cambio de nombre no es menor: corre el eje de la discapacidad -definida hoy según la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad- hacia el concepto más restrictivo de invalidez laboral. Ese giro se completa con otro artículo: el 41 deroga el artículo 5° de la 27.793, que fija esa definición amplia y remite al modelo social de la discapacidad.

El punto de mayor fricción aparece en la compatibilidad con el empleo. La ley vigente permite cobrar la pensión aun con un vínculo laboral formal o inscripción en el monotributo, siempre que los ingresos no superen dos salarios mínimos, vitales y móviles; si los superan, la pensión se suspende de forma automática mientras dure esa situación, y el titular puede pedir su rehabilitación inmediata al cesar el vínculo.

El artículo 37 del Presupuesto reemplaza esa lógica por una incompatibilidad total: quien tenga un empleo formal o esté inscripto en el régimen general o simplificado pierde directamente el derecho a la prestación.

La derogación del artículo 8° de la 27.793 suma otro frente. Esa norma garantiza la cobertura de salud a los titulares de la pensión y, sin ella, según planteó el vicepresidente de la comisión de Discapacidad, Juan Marino (Unión por la Patria), “deja de ser un derecho legal exigible por los titulares de pensiones”.

El Presupuesto también termina con el nomenclador único que fijaba el artículo 14 de la ley, el que obligaba a un arancel homogéneo para las prestaciones en todo el país. El artículo 39 sustituye además el artículo 7° bis de la ley 24.901 y traslada la fijación de valores a cada ente obligado, con actualización trimestral a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad o, en su defecto, según el Índice de Precios al Consumidor.

De esta manera, el valor de nomenclador -que originalmente se planteó de referencia pero siempre se aplicó en los hechos como un valor único para todos- pasaría a ser acordado entre las preparas u obras sociales y los prestadores. Lo que no aclara en ninguno de los escenarios es si el Estado se vería obligado, a través del Fondo Solidario de Redistribución, a reintegrarle ese monto por encima del nomenclador que podrían acordar, ya que el mecanismo está anclado al valor que fija el nomenclador.