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El Gobierno de Mendoza puso en marcha una herramienta para las personas y familias que atraviesan una situación de sobreendeudamiento y cuyos compromisos financieros superan el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo familiar conviviente.

A través de la Oficina de Conciliación de Reestructuración de Deudas de Consumo (OCDC), la Provincia ofrecerá una instancia gratuita para que los consumidores puedan negociar con sus acreedores un plan de refinanciación y nuevas condiciones de pago.

La medida fue establecida mediante la Resolución 384 de la Dirección de Defensa del Consumidor, publicada en el Boletín Oficial el 5 de octubre de 2026. El procedimiento es administrativo, prejudicial, gratuito y voluntario.

La herramienta contempla, entre otras obligaciones, las deudas de tarjetas de crédito, préstamos personales, financiamiento para consumo, créditos otorgados por plataformas financieras autorizadas y préstamos de mutuales y cooperativas.

Quiénes pueden acceder a la instancia de negociación

La medida está destinada a personas que tengan domicilio real en Mendoza, sean consumidores finales y cumplan con una serie de condiciones crediticias.

Deudas con tarjeta.
Deudas con tarjeta.

“La solicitud de intervención de la OCDC sólo podrá ser presentada por consumidores, conforme la definición prevista en el artículo 1° que, en el marco de una relación de consumo, hayan contraído obligaciones dinerarias con entidades financieras o no financieras y se encuentren en situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar, siempre y cuando el reclamante tenga domicilio real en la Provincia de Mendoza", describen en la Resolución 384.

Para acceder al procedimiento, deberán encontrarse en una situación grave o inminente de insolvencia personal o familiar. La resolución establece como referencia que los compromisos financieros superen el 30% de los ingresos mensuales netos del grupo familiar conviviente.

En situaciones de especial vulnerabilidad social, el porcentaje se reduce al 25%. La normativa contempla, entre otros casos, hogares con menores a cargo, personas con discapacidad, jubilados o pensionados con haber mínimo, personas desempleadas, beneficiarios de programas sociales y trabajadores informales.

Además, el capital total de las obligaciones no puede superar el equivalente a 100 salarios mínimos, vitales y móviles vigentes al momento de solicitar la intervención.

Qué deudas se pueden refinanciar

El mecanismo alcanza diferentes tipos de deudas originadas en relaciones de consumo.

Entre ellas se encuentran:

  • Deudas de tarjetas de crédito.
  • Préstamos personales.
  • Financiamiento destinado al consumo.
  • Créditos de proveedores no financieros.
  • Créditos otorgados por plataformas financieras digitales legalmente autorizadas.
  • Préstamos de mutuales y cooperativas.

También pueden participar del procedimiento bancos, entidades financieras, emisores bancarios y no bancarios de tarjetas de crédito, fideicomisos financieros y otros proveedores que otorguen habitualmente créditos para consumo.

Qué deudas quedan afuera del programa

No podrán ingresar al procedimiento las deudas garantizadas con hipoteca, las obligaciones alimentarias, las multas y sanciones penales.

También quedan excluidas las deudas vinculadas con actividades empresariales o comerciales que no estén relacionadas con el consumo familiar y aquellas cuyo capital total supere el límite de 100 salarios mínimos, vitales y móviles.

Cómo funcionará la refinanciación

La persona interesada deberá solicitar la intervención de la Oficina de Conciliación y presentar información sobre su situación financiera, incluyendo el listado de acreedores, los montos adeudados y un estado actualizado de sus activos y pasivos.

Luego, Defensa del Consumidor citará a los acreedores, quienes tendrán hasta 10 días hábiles para informar la existencia, origen y monto actualizado de la deuda y, cuando corresponda, si existe un proceso judicial en trámite.

Posteriormente se realizará una audiencia de conciliación para intentar alcanzar un acuerdo.

Entre las alternativas que pueden negociarse se encuentran nuevos planes de pago, quitas, períodos de espera, eliminación de intereses punitorios y gastos por mora, extensión de plazos y otras condiciones de refinanciación.

La Provincia, sin embargo, no puede imponer unilateralmente una quita ni establecer un determinado plan de pagos. Se trata de una instancia de conciliación en la que deben participar y acordar las partes.