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Un trabajador español pasó cuatro años sin percibir ingresos después de que un error administrativo afectara su acceso a la jubilación anticipada.
La situación se extendió entre 2018 y 2022 y terminó en los tribunales, donde finalmente se reconoció su derecho a recibir una compensación superior a los 55.000 euros.
La Justicia de España determinó que el afectado no podía ser responsabilizado por un cálculo incorrecto realizado durante la tramitación de su jubilación. El caso involucró a la Junta de Andalucía y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La resolución judicial consideró que el trabajador quedó en una situación económica especialmente grave debido a una cadena de errores administrativos que le impidió cobrar tanto la pensión como una renta que tenía previamente garantizada.
El error que dejó a un trabajador cuatro años sin cobrar
La historia comenzó décadas atrás. El trabajador había iniciado su actividad laboral en 1981 y, en 2003, quedó incluido en un expediente de regulación de empleo (ERE).
Como consecuencia de ese proceso, tenía derecho a percibir una renta temporal equivalente al 78% de su salario.
El ingreso estaba respaldado por un seguro colectivo y debía mantenerse hasta que alcanzara la edad ordinaria de jubilación.
El problema apareció en 2018, cuando solicitó acceder a la jubilación anticipada. El INSS rechazó la petición porque, según el cálculo realizado en ese momento, todavía le faltaban unos 1.400 días para cumplir las condiciones necesarias.
Ese cálculo resultó ser incorrecto. La decisión administrativa provocó que el trabajador quedara en una situación especialmente delicada: no podía cobrar la jubilación anticipada y, al mismo tiempo, dejó de percibir la renta que tenía reconocida.
Durante aproximadamente cuatro años, tuvo que afrontar sus gastos sin esos ingresos y depender de personas de su entorno para poder mantenerse.

La Justicia de España responsabilizó a la Administración por el perjuicio
El conflicto llegó inicialmente al Juzgado de lo Social número 3 de Huelva, que falló a favor del trabajador y señaló la responsabilidad de la Administración.
El tribunal consideró que los errores cometidos al determinar la edad de jubilación no podían trasladarse al ciudadano. En otras palabras, el trabajador no debía asumir las consecuencias económicas de una equivocación administrativa que no había provocado.
La Junta de Andalucía había tomado como válida la información relacionada con la edad de jubilación comunicada por el INSS, pero el cálculo no fue verificado correctamente.
El caso avanzó posteriormente hasta el Tribunal Supremo, que confirmó el criterio favorable al afectado. De esta manera, quedó ratificado que la Administración debía responder por las consecuencias económicas derivadas del error.
Más de 55.000 euros de indemnización tras años de conflicto
La resolución terminó reconociendo una indemnización de más de 55.300 euros para compensar al trabajador por el perjuicio sufrido durante los años en los que quedó sin ingresos.
El caso también adquiere relevancia porque refuerza un principio importante: una persona que cumple con las condiciones establecidas no debería soportar las consecuencias económicas de un error cometido por la propia Administración.
La situación obligó al afectado a recurrir a los tribunales para recuperar los derechos económicos que, según las resoluciones judiciales, le correspondían.














