Monotributo: cómo impactan los cambios que ahora debe tratar el Senado
La iniciativa obtuvo media sanción en Diputados y fue girada a la Cámara Alta, donde se espera su aprobación para aliviar la carga sobre los monotributistas recategorizados por la no actualización de las escalas.
El sábado pasado la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que establece un aumento de las escalas y cuotas de 35,3%, otorga la posibilidad de quedarse en el régimen a los que sobrepasaron la facturación límite por menos de 25% y brinda alivios tributarios a los que pasen al régimen general.
La iniciativa, que ahora se debe tratar en el Senado, es muy esperada por los contribuyentes, dado que es retroactiva al 1° de enero y permitirá a todos los recategorizados a fines del primer mes del año a que se reevalúe su situación.
Es que los topes de las escalas todavía tienen los valores de 2020, por lo que, frente a una inflación anual de 36%, en términos reales significó una suba del impuesto para los que tuvieron que recategorizarse y afrontar un pago más elevado. Además, otros directamente superaron la escala máxima y fueron derivados al régimen general.
De esta manera, las cuotas y escalas quedarían así si se aprueba el proyecto:
La actualización de 35,3%, en línea con el aumento de los haberes jubilatorios mínimos, estaba prevista automáticamente en la ley de movilidad jubilatoria impulsada por el macrismo en 2017, pero con su suspensión a través de la Ley de Solidaridad hubo incertidumbre sobre qué ajuste correspondería.
De aprobarse el proyecto, los recategorizados que con el ajuste del 35,3% no debieron serlo podrán volver a la categoría que les corresponde. Lo mismo ocurrirá con los que pasaron al régimen general debido a que no hubo actualización, con el aliciente de que el proyecto prevé un margen adicional.
Aquellos contribuyentes que con la actualización aplicada debieran pasar al régimen general pueden elegir no hacerlo si no sobrepasaron el tope por más de 25%, lo que abarca, según estimaciones oficiales, al 75% de los monotributistas que superan el límite del régimen.
En caso de que prefieran quedarse en el régimen simplificado en 2021, deberán abonar los aportes al sistema previsional y el componente impositivo correspondiente al monto del que se excedieron sobre el tope. También deberán pagar en concepto de impuesto integrado el 10% del excedente sobre el límite de la escala
En tanto, puede elegir también pasar al régimen general, una decisión que le dará acceso a beneficios impositivos que suavizan la transición, uno de los puntos que más remarcan los especialistas en tributación.
Puntualmente, los que comunicaron su paso al régimen general y facturaron hasta el 50% del techo de la categoría de microempresas tendrán en el régimen general una reducciones del 50%, del 30% y del 10% del débito fiscal de los tres años siguientes a la exclusión del monotributo. Esta opción es independiente del margen por el que superaron la escala máxima del monotributo, resaltó el tributarista José Luis Ceteri.
En tanto, los que no comunicaron su exclusión del régimen simplificado pasarán al general con la posibilidad de computar como crédito fiscal presunto hasta el 17,35% de la facturación de los proveedores y tomar la doceava parte del 50% de la tasa del IVA sobre el tope del monotributo.
También hay deducciones disponibles por Ganancias, por un importe equivalente al 82,65% de lo facturado por la compra de bienes, además de otra especial en los por el 50% del límite superior de la categoría máxima de monotributo.
Este régimen transitorio estará para los monotributistas que resulten excluidos durante el año calendario 2021 o que renuncien al mismo para pasar al general.
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