En esta noticia
La cantidad de trabajadores en relación de dependencia y jubilados y pensionados que tributan el impuesto a las Ganancias se triplicó tras la reducción del mínimo no imponible (MNI) impulsada por el Gobierno a través de la Ley Bases en junio de 2024.
Según datos obtenidos por El Cronista mediante un pedido de acceso a la información pública, en junio de 2026 tuvieron retenciones por Ganancias 1.189.414 contribuyentes de la cuarta categoría, ya sea sobre sus remuneraciones o haberes previsionales. De ese total, 1.007.475 son asalariados y 181.939 jubilados y pensionados de los diferentes regímenes.
El total retenido por los ingresos cobrados en junio pasado fue de $ 750.298 millones, de los cuales $ 719.863 millones pertenecen a retenciones por los salarios de los empleados y $ 30.435 millones por los haberes.
La información brindada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) muestra un aumento de 207,1% de la cantidad de personas alcanzadas por el impuesto desde junio de 2024, el último mes antes de que comience a regir una modificación en Ganancias incorporada en la Ley Bases.
En junio de 2024, Ganancias alcanzaba a 387.328 contribuyentes, 370.916 de los cuales eran trabajadores en relación de dependencia y 16.412 jubilados y pensionados. Aunque los asalariados siguen representando la mayor parte de los alcanzados por el impuesto, el crecimiento más pronunciado se registró entre los jubilados y pensionados.
Desde entonces, la cantidad de asalariados alcanzados por el tributo aumentó 171,6%, mientras que el número de jubilados y pensionados creció 1.008%, al pasar de 16.412 a 181.939 personas

Cabe recordar que en julio de 2024 se eliminó la referencia a los salarios mínimos y se redujo el mínimo no imponible (MNI), por lo que el impuesto comenzó a aplicarse sobre remuneraciones más bajas.
Hasta entonces, el MNI del “impuesto cedular” equivalía a 15 salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), una medida impulsada por el exministro de Economía, Sergio Massa, mediante la Ley 27.725 sancionada en septiembre de 2023.
De acuerdo con los datos aportados por el fisco nacional, la cantidad de personas sujetas a retenciones comenzó a crecer apenas aprobada la reforma impulsada por el Ejecutivo. En julio de 2024, el número ascendió a 566.268 contribuyentes: 528.459 empleados y 37.809 jubilados y pensionados.
En tanto la cantidad de contribuyentes alcanzados se mantuvo prácticamente estable respecto a junio de 2025: en aquel mes tuvieron retenciones 1.182.979 personas, de las cuales 999.507 eran asalariados y 183.472 jubilados y pensionados.
El aumento total fue de 6435 contribuyentes, equivalente a un crecimiento del 0,54% respecto de junio de 2025. Por grupo, la cantidad de asalariados alcanzados aumentó en 7968 (0,80%), mientras que la de jubilados y pensionados disminuyó en 1533 (0,84%).
Cabe recordar que los parámetros del impuesto se actualizan semestralmente, según la variación de la inflación, y con cierto rezago, debido a cuestiones derivadas de la ley impulsada por la actual administración.
Quiénes deben tributar Ganancias
En el segundo semestre de 2026, un soltero sin hijos tributará el impuesto a partir de un sueldo bruto de alrededor de $ 3,5 millones ($ 2,9 millones netos).
Un soltero con un hijo quedará alcanzado a partir de una remuneración de alrededor de $ 3,8 millones brutos ($ 3,1 millones netos), mientras que un soltero con dos hijos pagará el gravamen desde un sueldo de $ 4,1 millones brutos ($ 3,4 millones netos).
En tanto, un trabajador en relación de dependencia casado y con dos hijos tributará a partir de un salario bruto de alrededor de $ 4,6 millones ($ 3,8 millones netos).
Los jubilados quedan alcanzados por Ganancias a partir de un mínimo específico que equivale, según la ley, a ocho haberes mínimos de la ANSES —actualmente ubicada en $ 3.429.065,60—.
Para aplicar ese mínimo, no deben percibir otras fuentes de ingresos mayores ni estar alcanzados por el impuesto sobre los Bienes Personales.
¡Queremos conocerte!
Registrate sin cargo en El Cronista para una experiencia a tu medida.


















