

Si trabajaste un feriado y, a la hora de revisar el recibo de sueldo, no encontras el concepto que diga “feriado”, no significa necesariamente que te hayan liquidado mal.
La clave está en comprobar cómo se calcularon los haberes y si se incluyó el pago extra que corresponde.
El artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, establece: “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso de que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”.
Por eso, para verificar si el pago fue correcto, es necesario distinguir entre el nombre de los conceptos del recibo y los importes efectivamente liquidados.
Qué dice la ley sobre el pago por trabajar un feriado
Como se mencionó, el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que, si una persona trabaja durante un feriado nacional, debe percibir la remuneración normal correspondiente con el día laborable más una suma igual.
En términos generales, esto implica un pago equivalente al doble de la remuneración habitual por el tiempo trabajado, de acuerdo con la modalidad salarial y las reglas aplicables al caso.
La norma también distingue esta situación de la de quienes no trabajan durante el feriado y tienen derecho a percibir la remuneración correspondiente. Por eso, antes de revisar el recibo, es importante confirmar que la fecha trabajada fue efectivamente un feriado nacional y no un día no laborable.

Por qué el recibo puede no incluir un concepto llamado “feriado”
La ausencia de un renglón con la palabra “feriado” en el recibo de sueldo no significa, por sí sola, que exista una diferencia salarial. La remuneración correspondiente a esa jornada puede figurar bajo otra denominación, como, por ejemplo, “franco trabajado”, según el sistema de liquidación que utilice el empleador.
Por eso, para determinar si el pago fue correcto, es necesario revisar el detalle completo de los haberes y no limitarse a buscar una palabra específica.
El primer paso es comprobar los conceptos remunerativos incluidos en el recibo, las cantidades liquidadas y los importes que integran el sueldo del período. También hay que considerar la modalidad de contratación, el salario habitual y la cantidad de horas trabajadas durante el feriado, ya que estos elementos pueden influir en el cálculo de la remuneración.
El artículo 140 de la Ley de Contrato de Trabajo establece los datos que debe contener el recibo, entre ellos el total de la remuneración y la indicación sustancial de cómo se determinó. Si el adicional no aparece identificado de manera clara, el trabajador puede solicitar al empleador que detalle cómo se liquidó la jornada trabajada durante el feriado.
Cómo revisar los conceptos y hacer la cuenta
El primer paso es identificar el salario habitual, la modalidad de contratación y el importe correspondiente a la jornada o las horas trabajadas. Después, hay que comprobar si se abonó el adicional previsto por la ley, sin confundirlo con el pago ordinario que ya integra la remuneración del período.
En un ejemplo simplificado, si la remuneración habitual correspondiente a una jornada fuera de $40.000, el trabajo durante un feriado nacional debería contemplar otros $40.000 adicionales por esa jornada, para un total de $ 80.000 por ese día.
El cálculo real puede variar según el tipo de salario, la jornada, el convenio colectivo y los componentes remunerativos aplicables.
Qué documentación conviene guardar para comprobar el pago
Para verificar la liquidación, conviene conservar el recibo de sueldo, los registros de asistencia, los horarios fichados, los cronogramas de turnos y cualquier comunicación que permita acreditar que se trabajó durante el feriado.
También es útil comparar el recibo con el del mes anterior y revisar si hubo cambios en el salario básico, adicionales habituales, horas trabajadas o descuentos.
La comparación puede ayudar a detectar diferencias, aunque no alcanza por sí sola para demostrar un incumplimiento: es necesario identificar qué importe correspondía pagar por la jornada y cuál se abonó efectivamente.
Qué hacer si el adicional no aparece o el importe parece incorrecto
Si después de revisar los conceptos persisten las dudas, el trabajador puede pedir a Recursos Humanos o al área de liquidación de sueldos un detalle escrito del cálculo correspondiente al feriado. Es conveniente especificar la fecha trabajada, el horario cumplido y el concepto o importe que se quiere verificar.
Si la explicación no permite aclarar la diferencia, se puede consultar al sindicato correspondiente o recurrir a los canales oficiales de orientación laboral. Antes de presentar un reclamo, conviene reunir el recibo, los registros horarios y la respuesta del empleador para que sea posible contrastar la liquidación con lo establecido en la normativa aplicable.
















