

La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece que los conductores deben cumplir con las condiciones indicadas en su licencia de conducir. Entre ellas, se encuentra la obligación de utilizar anteojos o lentes de contacto cuando así lo determina el examen de aptitud visual.
Circular sin estos elementos constituye una infracción y puede derivar en una multa económica y en la pérdida de puntos de la Licencia Nacional de Conducir. La reglamentación fija una sanción de entre 100 y 300 unidades fijas (UF), además del descuento de cuatro puntos.
Qué dice la Ley 24.449 sobre el uso obligatorio de anteojos
El artículo 15 de la Ley 24.449 establece que la licencia de conducir debe incluir las prótesis que el titular está obligado a utilizar y las condiciones impuestas para manejar. Por eso, si el documento indica que una persona debe conducir con anteojos o lentes de contacto, está obligada a respetar esa condición.
La reglamentación de la normativa contempla una sanción específica para quienes circulen sin estos elementos, pese a que figuren como obligatorios en su licencia. En esos casos, corresponde una multa de entre 100 y 300 UF y el descuento de cuatro puntos.
Cómo funciona el sistema de scoring y cuándo pueden inhabilitar la licencia
El sistema de scoring otorga 20 puntos iniciales a cada conductor con Licencia Nacional de Conducir. Cuando se cometen infracciones, se descuentan puntos de acuerdo con la falta. En el caso de manejar sin los anteojos o lentes de contacto obligatorios, la sanción contempla la quita de cuatro unidades.
Por lo tanto, quienes ya perdieron puntos por otras infracciones pueden quedar más cerca de alcanzar el límite que activa la inhabilitación. Por ejemplo, si un conductor tenía 20 puntos y ya había perdido 16, le quedan cuatro. Si vuelve a circular sin los anteojos exigidos y recibe el descuento correspondiente, llega a cero.
La inhabilitación no se aplica automáticamente por haber perdido puntos con anterioridad, sino cuando el conductor agota el puntaje disponible. La primera vez que llega a cero, la suspensión para conducir es de 60 días. Si vuelve a perder todos los puntos, el plazo aumenta a 120 días; en una tercera oportunidad, alcanza los 180 días.
Para recuperar los puntos, los conductores deben cumplir con los requisitos establecidos por el sistema, entre ellos, realizar y aprobar el curso de seguridad vial cuando corresponda.
De esta manera, una infracción vinculada con el uso obligatorio de anteojos puede tener consecuencias más graves para quienes ya acumularon descuentos en el scoring. El nuevo descuento de cuatro puntos puede ser suficiente para llegar a cero y quedar temporalmente inhabilitados para conducir.

















