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A mitad de junio, el Gobierno de Javier Milei anunció una nueva actualización salarial para el personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales. Pese a que el último tramo de estos incrementos impactó en la última liquidación, el oficialismo tambien anunció un nuevo adicional que se cobrará en estos meses.
El Ejecutivo nacional oficializó la creación de un nuevo extra salarial que podrá cobrar el personal de las Fuerzas Armadas. Se trata del “suplemento por título”, que busca reconocer el esfuerzo de formación profesional.
La nueva medida se hizo efectiva a través del Decreto 473/2026, publicado en el Boletín Oficial. Esta medida busca revertir lo que el Ejecutivo considera una “pérdida irreversible de capital humano especializado” en las áreas de Defensa.
Aumento para las Fuerzas Armadas: cómo quedan las escalas en julio 2026
El haber mensual es el salario básico que cobra cada efectivo según su grado dentro de la fuerza. Este componente es clave porque funciona como base para el cálculo de adicionales, suplementos y compensaciones que terminan de definir el ingreso total de cada efectivo,como por el ejemplo el aguinaldo.
Entre los principales factores que inciden en el salario final se encuentran:
- Suplementos por función o destino
- Adicionales por zona geográfica
- Bonificaciones por especialidad o formación
- Antigüedad en el servicio.
La escala publicada define el piso salarial de cada jerarquía dentro del sistema militar argentino y permite estimar cuánto cobra cada rango en junio de 2026.

¿Cómo quedan las escalas de las Fuerzas Armadas en julio 2026?
Los siguientes son los haberes mensuales vigentes para cada grado desde el 1° de mayo, a cobrarse en junio, a los cuales se les debe adicionar el aguinaldo:
| Grado | Haber mensual Mayo 2026 |
|---|---|
| Teniente General, Almirante, Brigadier General | $ 3.161.227 |
| General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor | $ 2.819.120 |
| General de Brigada, Contralmirante, Brigadier | $ 2.568.496 |
| Coronel, Capitán de Navío, Comodoro | $ 2.249.776 |
| Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro | $ 1.956.072 |
| Suboficial Mayor | $ 1.580.610 |
| Mayor, Capitán de Corbeta | $ 1.541.059 |
| Suboficial Principal | $ 1.401.249 |
| Capitán, Teniente de Navío | $ 1.276.302 |
| Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante | $ 1.242.227 |
| Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente | $1.135.195 |
| Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar | $ 1.092.677 |
| Teniente, Teniente de Corbeta | $ 1.023.416 |
| Sargento, Cabo Principal | $ 980.975 |
| Subteniente, Guardiamarina, Alférez | $ 926.881 |
| Cabo Primero | $ 880.369 |
| Cabo, Cabo Segundo | $ 814.831 |
| Voluntario 1ra., Marinero 1ra. | $ 742.200 |
| Voluntario 2da., Marinero 2da. | $ 686.838 |
Cómo quedan las escalas de la Policía de Establecimientos Navales en junio 2026
Por su parte, los miembros de la Policía de Establecimientos Navales recibirán las siguientes cifras junto al aguinaldo correspondiente:
| Cargo jerárquico | Cifra del mes |
|---|---|
| Comisario Inspector | $ 974.487 |
| Comisario | $ 935.355 |
| Sub Comisario | $ 870.011 |
| Oficial Principal | $ 758.765 |
| Oficial Inspector | $ 690.264 |
| Oficial Subinspector | $ 577.305 |
| Oficial Ayudante | $ 478.197 |
| Oficial Subayudante | $ 420.571 |
| Subescribiente | $ 686.712 |
| Sargento Primero | $ 518.787 |
| Sargento | $ 497.137 |
| Cabo | $ 398.633 |
| Agente de Primera | $ 385.310 |
| Agente de Segunda | $ 379.074 |
Los nuevos adicionales: comó lo cobrarán los militares
El nuevo suplemento para personal militar de las Fuerzas Armadas y de la Policía de Establecimientos Navales se calculará como un porcentaje del haber mensual correspondiente al grado de cada efectivo, según el nivel educativo alcanzado y siempre que la titulación sea afín a sus tareas:
- 25% por Títulos de Posgrado: incluye especializaciones, maestrías o doctorados expedidos por instituciones del Sistema Educativo Nacional. Para títulos obtenidos en el extranjero, deberán estar avalados por la Fuerza respectiva y contar con la apostilla correspondiente.
- 15% por Títulos de Grado: para carreras universitarias con una duración mínima de cuatro años.
- 10% por Tecnicaturas: títulos de educación superior no universitaria o equivalentes con una duración mínima de dos años.













