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Lavado de dinero vs. innovación: definen cómo podrán actuar las billeteras cripto

El 2 de diciembre vence el plazo para que las billeteras criptos hagan comentarios a la Resolución publicada por la Comisión Nacional de Valores. Patrimonio neto mínimo, información sobre custodia de activos y cumplimiento de normas antilavado, entre las nuevas normas.

El próximo 2 de diciembre cerrará el plazo previsto por las autoridades para comentar la regulación cripto 2.0, que fue sometida a consulta pública por la Comisión Nacional de Valores y exige que los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) cumplan con requisitos para operar en la Argentina.

Vencido ese plazo, el regulador analizará las sugerencias y publicará en el Boletín Oficial la Resolución definitiva, que, entre otras cosas, exige patrimonios netos mínimos, manuales de procedimientos, estándares de ciberseguridad, detalles sobre la custodia de los activos virtuales, normativas antilavado de dinero, códigos de conducta, obligación de designar un responsable de relaciones con el público, e informes de volúmenes operados.

Desde la CNV explican que buscan regular al sector, ante uno de los pedidos del GAFI en la última revisión a la Argentina, pero no matar la innovación. 

"En la normativa que impulsamos trabajamos en el equilibrio entre el mandato legal y no sobrerregular la industria. Hablamos mucho con los actores del sector y queremos que todos los interesados participen con sus aportes en la consulta pública que está abierta hasta el 2 de diciembre, para tener la mejor norma posible", explicó Roberto Silva, presidente del organismo.

La regulación no recaerá sobre los usuarios ni las criptomonedas, sino sobre las exchanges que operan en la Argentina o tienen un porcentaje de su negocio dirigido a argentinos. Hasta el momento, se anotaron en el registro 92 personas jurídicas, de las cuales 19 son extranjeras, y ocho personas humanas, que se dedican a ofrecer estos activos a terceros. Además, hay cincuenta trámites más que están en análisis para incorporarse al registro.

Cada inscripto tendrá un plazo determinado para presentar la documentación requerida: los individuos lo harán en 120 días corridos, las empresas argentinas tendrán 180 días, y las extranjeras contarán con 270. En el organismo calculan que para fines de 2025 el registro estará plenamente en vigencia.

¿Dónde se custodian las cripto?

Uno de los temas que será central es dónde las empresas custodian las criptos. Muchas de ellas operan en la Argentina, pero tienen los criptoactivos fuera del país. "No exigimos que la custodia esté acá, pero sí que informen el convenio donde detallan cómo y dónde es la custodia", informaron fuentes oficiales a El Cronista.

En las empresas creen que, ante la cantidad de requisitos solicitados por el regulador, algunos de los inscriptos quedarán fuera del registro. "Hoy está inflado con anabólicos", asegura un directivo de una exchange, que estima que terminarán siendo menos jugadores en el mercado local.

Para los usuarios, la regulación 2.0 no generará cambios ni obligaciones. Las empresas, en cambio, tendrán la obligación de inscribirse en el registro para operar en la Argentina. En esta segunda etapa regulatoria, el registro se convertirá, en los hechos, en una licencia.

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