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Para los jubilados y pensionados que todavía encuentran una retención del Impuesto a las Ganancias en su recibo de haberes, 2026 sumó una novedad importante, aunque de alcance más acotado de lo que podría sugerir una primera lectura.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó su estrategia frente a los juicios en los que los beneficiarios cuestionan el impuesto y reconoció la reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema sobre estos reclamos.
La decisión cambia el escenario para quienes ya iniciaron un reclamo judicial, pero no significa que Ganancias haya dejado de aplicarse a las jubilaciones ni que todos los jubilados alcanzados dejen automáticamente de sufrir retenciones.
La instrucción del organismo regula su actuación dentro de causas ya iniciadas y, según expertos tributaristas, quienes no presentaron un reclamo judicial continúan soportando el descuento en sus haberes.
¿A partir de qué monto se paga Ganancias en las jubilaciones?
Con la actualización de agosto, el piso a partir del cual un jubilado o pensionado queda alcanzado por el impuesto ronda los $3.358.207 mensuales, equivalentes a ocho haberes mínimos, según el análisis del Estudio Jurídico Dobias & Pisani.
En general, quedan fuera quienes cobran por debajo de ese monto y no tienen otros ingresos relevantes fuera del sistema previsional.
Ese monto funciona como referencia para ubicar qué jubilaciones pueden quedar alcanzadas por Ganancias en 2026, pero no explica por sí solo la situación de todos los beneficiarios.
Según Mariela Dobias, la especialista consultada, alrededor de 180.000 personas continúan tributando en todo el país y el grupo está integrado principalmente por jubilados y retirados de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, el Poder Judicial, el Servicio Exterior de la Nación y la Docencia, entre otros colectivos.
La concentración en estos grupos se relaciona con sus trayectorias laborales y previsionales pues provienen, sobre todo, de cajas o regímenes especiales en los que los aportes realizados durante la vida activa fueron más altos y, en consecuencia, también lo fueron los haberes finales. Son personas con largas carreras de aportes y muchas veces con décadas de servicio.
“No es un universo azaroso”, señala la abogada tributarista. El análisis ubica allí a los colectivos que, por sus características laborales y previsionales, concentran buena parte de los reclamos vinculados con Ganancias sobre las jubilaciones.
El caso García, el antecedente que abrió la vía judicial
El origen de buena parte de los reclamos actuales está en el caso de María Isabel García, resuelto por la Corte Suprema en marzo de 2019. Se trataba de una jubilada de Entre Ríos que tenía 79 años cuando inició su reclamo y cuyos problemas de salud estaban acreditados en el expediente. Según el documento, sufría retenciones de entre el 29% y el 32% de su haber.
La Corte consideró inconstitucional ese descuento. El criterio que recoge la fuente fue que la jubilación no constituye una ganancia en el sentido que le atribuye la ley, sino el resultado de los aportes realizados durante toda una vida de trabajo. El tribunal ordenó devolver lo cobrado de más.
Ese fallo, conocido como caso “García”, se convirtió después en la base de cientos de reclamos individuales en distintos puntos del país. Los procesos tramitan en la Justicia Federal y el juzgado correspondiente depende del domicilio de cada jubilado.
La relevancia del antecedente para la discusión actual está justamente en esa continuidad. El fallo de la Corte no eliminó por sí mismo Ganancias para todas las jubilaciones, pero sí se transformó en el criterio judicial sobre el que se apoyaron los reclamos individuales que comenzaron a multiplicarse en distintas jurisdicciones.
Qué cambió este año con ARCA
Hasta este año, una sentencia adversa al organismo no necesariamente ponía fin al litigio, porque ARCA podía continuar recurriendo. En mayo, esa estrategia comenzó a modificarse.
El organismo formalizó una instrucción interna en la que reconoció la “reiterada jurisprudencia” de la Corte Suprema y ordenó a sus representantes fiscales no presentar más recursos extraordinarios ni quejas contra las sentencias adversas en estos casos. Además, dispuso desistir de los recursos que ya estaban en trámite.
Para quienes ya tienen un juicio iniciado, el cambio puede ser relevante porque modifica la posición del fisco dentro de esos expedientes. Pero la instrucción no debe confundirse con una eliminación general del impuesto.
“Conviene leer esta novedad con precisión, sin embargo, porque no significa lo que a primera vista podría entenderse”, advierte Dobias. La medida regula la actuación de ARCA en juicios ya iniciados y no implica una suspensión general o automática del cobro de Ganancias para todos los jubilados alcanzados.
Qué pasa con un jubilado que todavía paga Ganancias
La diferencia entre haber iniciado un juicio y no haberlo hecho resulta central. Según el la especialista, la nueva instrucción todavía no se traduce de manera uniforme en todas las causas en trámite. Al mismo tiempo, el descuento continúa aplicándose en el recibo de quienes no iniciaron un reclamo judicial.
“Dicho sin rodeos: hoy, el que no reclama judicialmente no logra que le dejen de retener Ganancias, más allá de lo que diga la instrucción interna del fisco”, enfatiza la tributarista.
Ese punto evita una de las principales confusiones que puede generar el cambio de postura de ARCA. La existencia de jurisprudencia favorable y de una nueva estrategia del organismo no equivale a que todos los jubilados que pagan el impuesto dejen automáticamente de sufrir la retención.
Cómo se reclama y cuánto puede demorar
El reclamo se presenta ante la Justicia Federal y la documentación central son los propios recibos de haberes, donde consta la retención realizada mes a mes.
“La prueba central son los propios recibos de haberes, donde consta la retención mes a mes; en general no se necesita mucha más documentación que esa para iniciar la demanda”, explica Dobias.
El procedimiento habitual combina dos etapas
La primera es una medida cautelar para frenar la retención mientras se desarrolla el juicio. Según la jurisdicción, puede resolverse en un plazo de uno a cuatro meses y puede prorrogarse hasta que exista sentencia.
La segunda es la demanda de fondo, que busca declarar la inconstitucionalidad de la retención y ordenar la devolución de lo cobrado de más durante los últimos cinco años, con sus intereses. Esta etapa suele demandar, en promedio, alrededor de dos años, aunque el plazo varía según el juzgado y la carga de causas de cada jurisdicción.
Por qué el juicio puede tardar más según el lugar
El recorrido no es igual en todo el país. Según la letrada, en la mayoría de las jurisdicciones los juzgados de primera y segunda instancia vienen fallando a favor del jubilado siguiendo la doctrina de la Corte, lo que puede agilizar los tiempos.
Los casos de La Plata y Comodoro Rivadavia
La abogada marca una diferencia específica en La Plata y Comodoro Rivadavia, donde las instancias inferiores no resuelven actualmente de la misma manera y suele ser necesario llegar hasta la Corte Suprema para obtener un resultado favorable.
Eso implica plazos más largos dado que el domicilio, la edad y el régimen previsional pueden influir tanto en el fuero correspondiente como en los tiempos esperables del proceso.
El monto es solo el primer dato
El piso de $3.358.207 mensuales actualizado en agosto permite ubicar el nivel de haberes a partir del cual un jubilado o pensionado puede quedar alcanzado por Ganancias, según la fuente. Pero la situación concreta puede variar según la historia laboral, la caja previsional, el régimen del que proviene el haber, el domicilio y las características específicas del recibo.
La existencia de un antecedente favorable de la Corte y el cambio de postura de ARCA no permiten trasladar automáticamente el resultado de un expediente a todos los jubilados que pagan el impuesto. El documento insiste en la necesidad de analizar cada situación en función de sus características particulares.
“Es ahí donde el asesoramiento tributario cumple su función: no para prometer un resultado igual para todos, sino para leer el caso concreto y decir, con fundamento, si corresponde reclamar y por qué vía”, sostiene Dobias.
En 2026, entonces, el cambio está principalmente en los tribunales. ARCA reconoció la jurisprudencia de la Corte Suprema y decidió no continuar con determinados recursos dentro de los juicios en los que las sentencias le resultan adversas.
Para quienes no iniciaron un reclamo, Ganancias continúa apareciendo en el recibo y para determinar qué ocurre en cada caso, el monto del haber es apenas el primer filtro: también importan la historia laboral, el régimen previsional, el domicilio y las características concretas de cada jubilación.
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