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Falta menos de un mes y medio para que las empresas comiencen a aportar de manera obligatoria al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un esquema que se nutrirá de una contribución mensual equivalente al 2,5% de la nómina para las pymes y al 1% para las grandes compañías.

Los empleadores ingresarán todos los meses ese aporte a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la cual deberá transferirlo a los administradores de la cuenta FAL (bancos o sociedades de bolsa).

Alcanzará a todas las compañías —independientemente de la cantidad de trabajadores—, salvo algunos sectores que quedaron excluidos: la construcción, el personal de casas particulares y los empleados públicos.

Ahora bien, ¿qué sucederá con aquellas compañías —sobre todo las pymes— que aún no hayan elegido una entidad para administrar su cuenta antes del 1° de noviembre?

Para esos casos, la Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció, a través de la Resolución General 1167, publicada en el Boletín Oficial, un mecanismo de asignación de oficio. Los empleadores que no designen un administrador serán distribuidos entre los Productos de Inversión Colectiva FAL (PIC FAL).

De esta forma, las empresas no quedarán eximidas del régimen. “La CNV asignará los CUIT informados por ARCA entre los PIC FAL que hayan manifestado su voluntad de ser elegibles para esas asignaciones”, explicó Leonardo Pirolo, director de Capital Markets en TMF Group.

Cómo funcionará el FAL

El Fondo de Asistencia Laboral, creado por la reforma laboral, es un sistema de capitalización mediante el cual cada empleador constituye una cuenta individual, que opera como patrimonio independiente e inembargable.

“Las empresas están obligadas a informar a ARCA el ID FAL correspondiente (código que vincula a cada empleador con su vehículo elegido), que a su vez es provisto por el agente FAL seleccionado (entidad habilitada)”, agregó Pirolo.

El esquema no reemplazará el régimen indemnizatorio vigente, sino que funcionará como un mecanismo para financiarlo y planificar futuras obligaciones, como despidos.

El FAL estará operativo a partir del 1° de noviembre
El FAL estará operativo a partir del 1° de noviembre

En ese sentido, la CNV detalló que los recursos deberán canalizarse a través de los PIC FAL. Así, las empresas podrán optar entre Fondos Comunes de Inversión Abiertos de Asistencia Laboral (FCIA FAL) o Fideicomisos Financieros de Asistencia Laboral (FF FAL).

“Ambas alternativas estarán administradas por entidades habilitadas y supervisadas por la CNV, procurando que resulten funcionalmente equivalentes para la implementación del régimen”, precisaron desde SMS, una firma especializada en asesoramiento fiscal y consultoría de empresas.

Los importes acumulados en la cuenta de cada empleador no podrán ser retirados libremente. “Los fondos permanecerán afectados exclusivamente al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la extinción de la relación laboral, salvo los supuestos excepcionales expresamente previstos por la normativa”, remarcaron desde SMS.

La Resolución General 1167 también aclara que los empleadores podrán trasladar sus fondos entre distintos PIC FAL. Sin embargo, cuando el cambio implique pasar a otra entidad administradora, solo podrá realizarse una vez cada seis meses, en las ventanas habilitadas de junio y diciembre.

Cabe aclarar que, además de lo dispuesto por la CNV, aún resta la resolución de ARCA y la reglamentación de la Secretaría de Trabajo.

“Entendemos que el aporte recién ingresará en diciembre, ya que se calculará sobre la base del payroll de noviembre”, indicó Pirolo.

Las compañías no podrán utilizar inmediatamente el dinero acumulado para pagar indemnizaciones, sino que deberán esperar un plazo de seis meses. Es decir, si el primer aporte ingresa en diciembre, recién podrán disponer de esos recursos a partir del 1° de junio.

La alícuota de los aportes podrá elevarse al 1,5% para las grandes empresas y al 3% para las pymes. Según la Ley de Modernización Laboral, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad de disponer ese incremento cuando resulte necesario para cumplir con las metas asociadas a las políticas de equilibrio fiscal.