Declaración jurada de Bienes Personales y Ganancias: hasta cuándo se pueden presentar y pagar y cómo hacerlo
Ahora los contribuyentes podrán entregar sus declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales hasta agosto: cómo hacerlo y pagar.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a extender el plazo presentar las declaraciones juradas y realizar los pagos pendientes del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales.
Ahora, los contribuyentes tendrán hasta agosto para cumplir con sus obligaciones tributarias, mientras que también se extendió el plazo para que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMes) presenten e ingresen el saldo resultante de la declaración jurada de Bienes Personales sobre las acciones y participaciones societarias.
Las medidas fueron oficializadas la semana pasada por la entidad a cargo de Florencia Misrahi debido al tratamiento del paquete fiscal en el Senado, cuyo debate comenzará este miércoles luego del de la Ley Bases: así lo explicitan ambas resoluciones (RG 5515 y RG 5516) en sus considerandos.
Esto es así porque, de aprobarse el paquete fiscal tal como se tratará en el Senado, se modificarían las alícuotas de estos gravámenes para las MiPyMes.
Además, también se aplicarían amplios cambios en las escalas del Impuesto a las Ganancias y en la liquidación de Bienes Personales, por lo que AFIP aguarda por la aprobación del paquete para gestionar estos trámites.
Según señala AFIP, la prórroga a MiPyMes se explica para contemplar "la reducción de alícuotas para contribuyentes cumplidores incluida en el paquete fiscal", actualmente en trámite en el Senado.
De aprobarse el proyecto en el Senado en su versión actual, se reducirían un 0,125% las alícuotas para liquidar Bienes Personales sobre las acciones y participaciones societarias para los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.
Esto beneficiaría a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que califiquen como contribuyentes cumplidores. Sin embargo, actualmente tanto el paquete fiscal como la Ley Bases tienen muchas chances de ser modificadas en el Senado y volver a la Cámara de Diputados, razón por la que AFIP extendió las fechas, aunque las modificaciones podrían no salir.
En cuanto a la prórroga para que las personas humanas presenten las DD.JJ. y los pagos de Ganancias y Bienes Personales, AFIP informó que los aplicativos para la liquidación anual no serán entregados a los consejos profesionales y cámaras empresarias hasta que el Congreso no apruebe el paquete fiscal.
Esto es así por los cambios en las escalas y en la forma de tributar ambos gravámenes que propone el proyecto del Gobierno. "Una vez completado el período de prueba de los sistemas, se pondrá a disposición de los contribuyentes y responsables los aplicativos informáticos necesarios para la presentación anual de las declaraciones juradas", informó AFIP al respecto.
AFIP extendió los plazos para Ganancias y Bienes Personales: las nuevas fechas
Según publicó AFIP en el Boletín Oficial, los nuevos plazos para que personas humanas presenten las declaraciones juradas y hagan los pagos pendientes de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales se extendieron para fines de agosto. Las nuevas fechas por terminación del CUIT:
Terminación CUIT | Fecha de presentación y pago |
0, 1, 2 y 3 | lunes 26 de agosto del 2024, inclusive |
4, 5 y 6 | martes 27 de agosto del 2024, inclusive |
7, 8 y 9 | miércoles 28 de agosto del 2024, inclusive |
Por su parte, se extendió hasta mediados de agosto el plazo para que las MiPyMes presenten e ingresen el saldo resultante de la declaración jurada de Bienes Personales sobre las acciones y participaciones societarias. Las nuevas fechas según la terminación del CUIT:
Terminación CUIT | Fecha de presentación | Fecha de pago |
0, 1, 2 y 3 | 12/08/2024, inclusive | 13/08/2024, inclusive |
4, 5 y 6 | 13/08/2024, inclusive | 14/08/2024, inclusive |
7, 8 y 9 | 14/08/2024, inclusive | 15/08/2024, inclusive |
Para presentar las Declaraciones Juradas, AFIP ofrece en su sitio web un tutorial completo, disponible en el siguiente link: Guías Paso a Paso | AFIP - Administración Federal de Ingresos Públicos. Cabe señalar que es preciso contar con Clave Fiscal vigente para ingresar al sistema de AFIP.
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