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El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), creado por el Título XXII de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 y reglamentado por el Decreto 409/2026, tiene como objetivo promover la formalización del empleo mediante la regularización voluntaria de trabajadores que no fueron registrados o cuya registración presenta inconsistencias.
Como incentivo, el régimen establece reducciones sobre las deudas de la seguridad social originadas por esas relaciones laborales, junto con otros beneficios administrativos y penales previstos por la normativa.
Sin embargo, el sistema todavía no puede utilizarse en la práctica, ya que resta que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publique la reglamentación operativa que establecerá el procedimiento de adhesión.
¿Quiénes pueden acceder a la condonación de deuda?
El PER está dirigido a empleadores del sector privado que deseen regularizar relaciones laborales alcanzadas por el régimen.
Entre ellos se encuentran:
- Micro y pequeñas empresas.
- Medianas empresas.
- Grandes empresas.
- Entidades sin fines de lucro.
- Personas humanas con empleados.
- Monotributistas que tengan personal contratado.
En cambio, el régimen no alcanza a organismos ni empleadores del sector público.
¿Qué trabajadores pueden regularizarse?
La normativa contempla dos supuestos. El primero corresponde a los trabajadores no registrados, es decir, aquellos que nunca fueron declarados ante los organismos de la seguridad social y respecto de los cuales el empleador no ingresó los aportes y contribuciones correspondientes.

El segundo comprende a los trabajadores deficientemente registrados. En estos casos la relación laboral fue declarada, pero contiene datos que no reflejan la situación real.
Entre los ejemplos previstos por el régimen se encuentran:
- Salarios informados por debajo de los efectivamente abonados.
- Fechas de ingreso declaradas con posterioridad a las reales.
La regularización permite corregir esas inconsistencias y acceder a los beneficios contemplados por el PER.
¿Qué deudas se pueden regularizar?
La condonación comprende las obligaciones de la seguridad social derivadas de las relaciones laborales regularizadas y vencidas hasta la fecha de adhesión al régimen.
Entre los conceptos alcanzados se encuentran:
- Aportes jubilatorios.
- Aportes al PAMI.
- Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales.
- Aportes al Fondo Nacional de Empleo.
- Aportes al Régimen de Asignaciones Familiares.
- Contribuciones patronales.
- Intereses y accesorios derivados de la falta de pago.
¿Qué conceptos tienen condonación total?
Además de esos beneficios, el decreto establece una condonación del 100% para las obligaciones vinculadas con:
- Sistema Nacional del Seguro de Salud.
- Régimen de Riesgos del Trabajo.
- Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
¿De cuánto es la condonación?
El porcentaje de reducción varía según el tipo de empleador.
| Micro y pequeñas empresas | 90% |
| Entidades sin fines de lucro | 90% |
| Medianas empresas (tramo 1 y 2) | 80% |
| Grandes empresas | 70% |
En términos prácticos, una micro o pequeña empresa deberá cancelar únicamente el 10% de la deuda alcanzada por el régimen, mientras que una gran empresa abonará el 30%.
¿Qué otros beneficios contempla el régimen?
La reducción de la deuda no es el único incentivo previsto por el PER.
Baja automática del REPSAL
Los empleadores que adhieran al régimen serán excluidos automáticamente del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de las infracciones cometidas o constatadas hasta el 6 de marzo de 2026.
Permanecer en ese registro puede limitar el acceso a contrataciones con el Estado, beneficios fiscales y determinadas líneas de financiamiento.
Extinción de la acción penal tributaria
La adhesión al régimen también puede extinguir la acción penal tributaria vinculada con las obligaciones alcanzadas por la regularización, siempre que no exista una sentencia firme.
Además, si esas obligaciones son canceladas antes de que ARCA presente una denuncia penal, el organismo queda dispensado de formularla.
Planes de pago
El Decreto 409/2026 prevé que ARCA instrumente planes de facilidades de pago para financiar el saldo de deuda que no resulte condonado.
Las condiciones, plazos y modalidad de esos planes deberán definirse en la reglamentación operativa.
Beneficio para quienes paguen al contado
La norma también contempla una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses que no hayan sido condonados para quienes opten por cancelar la deuda al contado.
No obstante, ese beneficio quedará sujeto a las condiciones que establezca la reglamentación que aún debe dictar ARCA.
¿Cómo acceder al beneficio?
Si bien el Decreto 409/2026 reglamentó los principales aspectos del PER, todavía falta que ARCA establezca el procedimiento operativo para que los empleadores puedan solicitar la adhesión al régimen.
Esta reglamentación definirá el procedimiento de adhesión, los mecanismos para regularizar las relaciones laborales alcanzadas y las condiciones para acceder a los planes de pago y demás beneficios previstos por la norma.
Qué tener en cuenta
El PER toma protagonismo como una herramienta para que los empleadores del sector privado regularicen trabajadores no registrados o deficientemente registrados con una reducción significativa de las deudas de la seguridad social generadas por esas relaciones laborales.
Sin embargo, la posibilidad de adherirse dependerá de la reglamentación operativa que publique ARCA. Recién una vez que ese procedimiento sea oficial, los empleadores podrán iniciar el trámite para acceder a las condonaciones y al resto de los beneficios previstos por el régimen.
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