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En un giro para las empresas industriales de Tierra del Fuego, el Gobierno nacional eliminó en la práctica el pago mensual del FAMP-Fueguina (Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina), un arancel que se exigía a todas las unidades productivas de la provincia.
La Resolución 20/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, reduce el aporte al 0%, por lo que las empresas podrán mantenerse inscriptas y disfrutar de los beneficios fiscales de régimen especial sin abonar el gravamen.
¿Qué cambia con la eliminación del aporte al FAMP-Fueguina?
La normativa del Ministerio de Economía establece que el aporte “previsto en el artículo 4° del Decreto 727/2021″ pasa a ser del 0% para todas las empresas industriales radicadas en Tierra del Fuego que se encuentren adheridas a la prórroga del régimen especial.
Hasta ahora, ese aporte equivalía al 15% del beneficio obtenido en concepto de IVA por la venta de productos alcanzados por el régimen.
La reducción se aplica de manera general a las compañías alcanzadas por los Decretos 727/2021 y 594/2023, ambos vinculados a la extensión de los beneficios de la Ley 19.640. De esta forma, las firmas podrán continuar operando bajo el esquema promocional sin realizar transferencias mensuales al fondo.

Por qué el Gobierno tomó esta decisión
Según el texto oficial, la decisión se adoptó tras verificarse cambios en las condiciones tributarias y arancelarias que afectaron la competitividad de la producción industrial en la provincia.
En ese contexto, la reducción del aporte al FAMP-Fueguina se definió luego de un planteo formal de las empresas nucleadas en la Unión Industrial Fueguina (UIF) y la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE), que advirtieron sobre el impacto de ese escenario en la actividad productiva local.
En la presentación elevada al Ministerio de Economía, las entidades señalaron que, con la plena vigencia del Decreto 333/2025 y las medidas de desregulación económica en curso, el sector enfrenta “un escenario de pérdida crítica de competitividad que requiere una revisión de las cargas vigentes”, explicaron.
El documento oficial aclara además que ese impacto no se limita a un rubro específico, como el de la electrónica o los teléfonos celulares, sino que alcanza “a la totalidad de la actividad productiva de la provincia”, con riesgos concretos para la continuidad de las operaciones y el sostenimiento del empleo si no se adoptaban medidas correctivas
Qué obligaciones se mantienen para las empresas beneficiadas
Aunque este aporte mensual queda eliminado, la resolución aclara que la medida no libera a las empresas del cumplimiento de los proyectos productivos propios que hayan sido aprobados en el marco del régimen especial, conforme al artículo 6° bis del Decreto 727/2021.
En caso de que una empresa no complete esos proyectos hasta su finalización, deberá reintegrar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina los aportes que hubieran sido retenidos para su ejecución, junto con los intereses correspondientes.
El Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina será el encargado de establecer las pautas para llevar a cabo ese procedimiento.
La norma también establece que la reducción del aporte al 0% mantendrá su vigencia mientras subsistan las condiciones que motivaron su dictado, por lo que no se trata de una eliminación definitiva del esquema, sino de una medida sujeta a revisión.
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