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Alivio fiscal para monotributistas y autónomos: qué categorías dejarán de pagar un impuesto clave

Este jueves el Senado sancionó la ley de alivio fiscal para bajar impuestos a monotributistas y autónomos. El beneficio alcanza a más de 4 millones de contribuyentes y 140.000 autónomos. ¿A quiénes incluye?

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El jueves por la noche el Senado le dio media sanción al proyecto de ley de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos. De esta forma, con 60 votos a favor y en unanimidad, la iniciativa impulsada por el titular de Diputados, Sergio Massa, se convirtió en ley luego de su paso y aprobación en la Cámara Baja.

El Alivio Fiscal, que empezará a regir a partir de este mes si la AFIP acelera la reglamentación y la implementa rápido, implica la actualización de los tramos para el Monotributo con el fin de que estos no tengan que subir de escala a raíz de la inflación, contra la cual las categorías habían quedado desactualizadas.

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"Para garantizar que ningún monotributista experimente aumentos en sus cuotas durante el primer semestre del año, la reglamentación retrotrae los valores de las obligaciones de enero a junio de 2021 a los vigentes en diciembre de 2020. De esta forma, los pequeños contribuyentes dejarán de visualizar las diferencias generadas del período enero-junio en el portal web Monotributo o en la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA)", indica la AFIP desde su sitio web.

Según estiman desde el Gobierno, la iniciativa beneficiará a unos 4,5 millones de monotributistas (39% en el AMBA y 61% en el resto del país) y 140 mil autónomos, cuya presión fiscal disminuirá gracias a esta iniciativa.

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En cuanto a los monotributistas de las categorías A y B -las más bajas-, éstos tendrán una exención del pago, mientras que los autónomos que pagan Impuesto a las Ganancias verán una disminución impositiva gracias al aumento de las deducciones al tributo que estos pueden realizar.

Para los autónomos, en tanto, se estableció una suba de las deducciones posibles al Impuesto a las Ganancias, por lo que estos deberán pagar menos del tributo.

Con la Ley de Alivio Fiscal, el Régimen del Monotributo modificará el valor de las escalas para que sea más difícil saltar de una a otra por el efecto de la inflación. En este sentido, este jueves el Senado aprobó un aumento del 60% en los topes de las primeras cuatro categorías.

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Por otro lado, también se aprobó una exención tributaria a las primeras dos categorías del Monotributo (A y B), las cuales ya no pagarán impuestos impositivos.

De esta forma, los montos finales que estos contribuyentes deberán pagar por mes serán de $ 288 y $ 555 respectivamente, incluyendo únicamente los conceptos por salud y sistema previsional, y no el impositivo.

Cabe resaltar que este beneficio aplica únicamente a los monotributistas "puros", es decir, a quiénes registran un solo ingreso. Por el contrario, quienes cobren jubilaciones, rentas financieras, alquileres de inmuebles o tengan ingresos por trabajar en relación de dependencia no serán incluidos en la exención de las primeras categorías.

Según estableció la ley, los nuevos topes de facturación anual por categoría serán los siguientes:

  • Categoría A: $ 748.382;
  • Categoría B: $1.112.459;
  • Categoría: $1.557.443;
  • Categoría D: $1.934.273;
  • Categoría E: $ 2.277.684,56;
  • Categoría F: $ 2.847.105,70;
  • Categoría G: $ 3.416.526,83;
  • Categoría H: $ 4.229.985,60;
  • Categoría I: $ 4.734.330,03;
  • Categoría J: $ 5.425.770,00; y
  • Categoría K: $ 6.019.594,89.


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ALIVIO FISCAL: CUÁLES SON LOS BENEFICIOS PARA LOS AUTÓNOMOS

Para el Régimen de Autónomos la Ley de Alivio Fiscal que se aprobó este jueves estableció un aumento en las deducciones al Impuesto a las Ganancias que estos trabajadores pueden realizar.

Así, se aprobó una suba de las deducciones especiales para autónomos de 2 a 2,5 veces, permitiéndoles pagar menos por el Impuesto a las Ganancias. Por su parte, los nuevos profesionales inscriptos en el régimen verán su deducción triplicada.

Por lo pronto, solo resta esperar que el Poder Ejecutivo avale la ley y que le otorgue a AFIP la potestad de modificar el régimen para aplicar los beneficios este julio.

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