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La propuesta, impulsada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, busca que los usuarios puedan demandar a las operadoras por daño moral cuando se demuestre negligencia en la protección de sus datos personales. Este análisis surge tras un caso de “SIM swapping”, una modalidad de fraude que ha encendido las alarmas en el sistema judicial.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para discutir un proyecto trascendental que podría redefinir la responsabilidad de las empresas de telefonía en México.

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Por primera vez, la Suprema Corte defiende a los usuarios: ahora podrán exigir indemnización a empresas de celular por clonar su número de teléfono (foto: archivo).
Por primera vez, la Suprema Corte defiende a los usuarios: ahora podrán exigir indemnización a empresas de celular por clonar su número de teléfono (foto: archivo).

¿Qué caso dio origen al fallo de la Suprema Corte?

El incidente que dio origen a este análisis involucra a una usuaria que sufrió la pérdida de acceso a su línea telefónica sin aviso previo. Ese mismo día, individuos malintencionados llevaron a cabo transacciones bancarias no autorizadas, alteraron contraseñas de sus cuentas y difundieron imágenes privadas.

Posteriormente, se constató que la compañía telefónica proporcionó un duplicado de la tarjeta SIM en una ubicación remota del país, sin llevar a cabo una verificación adecuada de la identidad del solicitante, lo que posibilitó el control absoluto de la vida digital de la víctima.

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Responsabilidad: ¿del usuario o de la empresa?

El documento establece que las empresas no pueden adoptar una postura de indiferencia ante el fraude, particularmente cuando sus protocolos de verificación evidencian deficiencias.

Además, el proyecto cuestiona la estrategia de defensa adoptada por la compañía, sugiriendo que responsabilizar a la víctima constituye una forma de revictimización. Este aspecto resulta especialmente preocupante en situaciones donde se atenta contra la privacidad mediante la divulgación de información sensible.

Durante el proceso, la compañía telefónica alegó que la usuaria vinculó su número a diversas plataformas de manera voluntaria y que el duplicado se llevó a cabo utilizando una identificación que aparentaba ser válida. No obstante, la propuesta de la ministra Ortiz se opone a esta posición, argumentando que las concesionarias tienen un “deber reforzado de cuidado”.

De ser aprobada, la resolución obligaría a las compañías a incrementar sus estándares de seguridad, abandonando la noción de que la responsabilidad del riesgo digital recae exclusivamente en el cliente.

Qué cambiará para los usuarios en México

Si el proyecto recibe un mínimo de seis votos en la SCJN, se establecerá un criterio vinculante para todos los tribunales de la nación. Esto facultaría a cualquier ciudadano que haya sufrido daños por negligencia en la protección de datos a reclamar indemnizaciones por daño moral.

Además, se obligaría a las operadoras a adoptar protocolos de verificación de identidad mucho más rigurosos, tales como la utilización de biométricos o códigos de seguridad adicionales para procesos de reemplazo.

El “SIM swapping” representa una amenaza en ascenso, dado que el número telefónico se comporta como la “llave maestra” que otorga acceso a instituciones bancarias y plataformas de redes sociales.

Expertos en ciberseguridad aconsejan que, en espera de un pronunciamiento, los usuarios opten por aplicaciones de autenticación en lugar de depender de SMS. La resolución de la Corte establecerá un precedente en cuanto a la responsabilidad digital, en un contexto en el cual el dispositivo móvil centraliza la vida financiera y personal de millones de ciudadanos mexicanos.