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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de la recaudación de las contribuciones federales y aplicar la legislación fiscal y aduanera. Con ese propósito puede revisar las transferencias bancarias de los contribuyentes a fin de reconocer posibles evasiones de impuestos.

El SAT tiene la autoridad suficiente para monitorear movimientos entre cuentas y solicitar a los bancos declaraciones de sus clientes. E incluso, imponer multa a usuarios en caso de detectar irregularidades.

No todas las transferencias son vigiladas por el SAT, pero existen algunos casos en los que los contribuyentes deben prestar atención para no caer en prácticas irregulares o ilegales y evitar multas y sanciones.

Cuáles son las transferencias vigiladas por el SAT

Aquellas transferencias u operaciones que pueden estar vigiladas por el SAT son aquellas que superen los 15 mil pesos mensuales. Ya sea tanto si se recibe ese monto de dinero o si se envía a otro usuario, debe ser notificado al organismo, de lo contrario se corre riesgo de ser investigado por evasión impositiva.

SAT confirmó que vigila las transferencias bancarias. Fuente: archivo
SAT confirmó que vigila las transferencias bancarias. Fuente: archivo

Otras de las circunstancias en las que el SAT enciende las alertas son ante transferencias internacionales. En estos casos, el organismo advierte que podría tratarse de una operación de lavado de dinero.

Finalmente, el SAT podría sancionar a aquellas personas tanto físicas como morales que realicen movimientos por montos mayores a los ingresos declarados. En caso de transferir más dinero del que se gana por diversas actividades registradas, el ente impositivo podría comenzar una investigación del origen de los fondos utilizados.

Las transferencias que el SAT no vigila

A su vez, hay movimientos bancarios que pasan desapercibidos por el SAT al no ser considerados como una amenaza al sistema impositivo federal. Estos son:

  • Transferencias en cantidades pequeñas no son investigadas o levantan sospechas por el SAT
  • Transferencias entre cuentas propias, solo debes demostrar que sí estén a tu nombre
  • Transferencias entre familiares (entre padres e hijos, conyugues, abuelos, nietos).