

La SCJN validó que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores CNBV pueda presumir la existencia de un grupo de personas entre familiares accionistas para detectar posibles decisiones coordinadas y fortalecer la transparencia del mercado financiero.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, avaló una disposición de la Ley del Mercado de Valores que permite identificar posibles vínculos de control entre familiares que participan como accionistas dentro de una misma sociedad financiera. La medida busca reforzar la supervisión y transparencia del sector.

El caso surgió tras un requerimiento de información realizado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, CNBV, a personas accionistas de una casa de bolsa. La autoridad solicitó acreditar que, pese a existir parentesco, no actuaban coordinadamente para influir en las decisiones de la empresa.
“Permite identificar estructuras reales de decisión y control que podrían permanecer ocultas bajo una titularidad formalmente fragmentada”, explicó la Suprema Corte al justificar la constitucionalidad de la medida.
La Suprema Corte respalda la vigilancia sobre posibles acuerdos entre familiares
Al analizar el asunto, el Pleno concluyó que la figura de “grupo de personas” es una herramienta legítima para detectar situaciones en las que varias personas pueden actuar como un solo bloque de decisión, aun cuando formalmente aparezcan como accionistas independientes.
La resolución señala que la ley no castiga ni restringe la participación de familiares en empresas. Por el contrario, permite que quienes tengan vínculos de parentesco aporten pruebas para demostrar que ejercen sus derechos corporativos de forma autónoma y que no coordinan decisiones societarias.

¿Qué determinó la Suprema Corte?
La SCJN consideró que la norma es compatible con los derechos de igualdad, no discriminación y autonomía de la voluntad porque persigue objetivos legítimos de supervisión financiera.

Entre los puntos clave del fallo destacan:
- La CNBV puede presumir la existencia de un “grupo de personas” entre familiares accionistas.
- La presunción admite prueba en contrario.
- No se exige demostrar un hecho negativo imposible.
- Los involucrados pueden acreditar que actúan de manera independiente.
- La medida busca fortalecer la transparencia del mercado de valores.
- También protege a inversionistas y accionistas minoritarios.
La Suprema Corte explicó que la diferencia de trato hacia personas con vínculos familiares tiene una justificación objetiva y razonable. Esto se debe a que los lazos de parentesco pueden ser relevantes para identificar posibles esquemas de control o influencia dentro de una sociedad.
Con esta decisión, el máximo tribunal confirmó la validez de la disposición impugnada y negó el amparo solicitado.
El criterio fortalece las facultades de supervisión de la CNBV y refuerza los mecanismos para detectar estructuras de decisión que puedan afectar la transparencia y el adecuado funcionamiento del mercado de valores.














