

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un criterio que podría modificar la forma en que se resuelven algunas disputas por herencias en México. A partir de ahora, los jueces deberán analizar las circunstancias particulares de cada familia antes de decidir quién hereda.
La decisión surgió tras el caso de una mujer que reclamó participar en la herencia de su hermano fallecido en Puebla. Aunque la legislación estatal otorgaba prioridad al padre del difunto, la hermana argumentó que ambos vivieron juntos durante años y compartían la propiedad de un inmueble.

Con esta resolución, la Suprema Corte estableció que las reglas de sucesión previstas en la ley siguen siendo válidas, pero no pueden aplicarse de manera automática cuando existan elementos que demuestren una realidad familiar distinta que merezca protección constitucional.
¿Qué decidió la Suprema Corte sobre las herencias familiares?
El máximo tribunal concluyó que las normas del Código Civil de Puebla que dan preferencia a los ascendientes sobre los hermanos son constitucionales. Sin embargo, precisó que las personas juzgadoras tienen la obligación de revisar las pruebas de cada asunto para determinar si existe una situación excepcional que justifique una decisión diferente. Como señaló la SCJN, se debe proteger a “la familia como una realidad social diversa”.
La resolución indica que los jueces deberán valorar circunstancias específicas de convivencia, apoyo mutuo, cuidado o vínculos patrimoniales antes de emitir una sentencia definitiva.
Según el fallo, corresponde analizar “si existen circunstancias jurídicas que deban ser valoradas para resolver la controversia con una prelación distinta a la establecida en la ley”.
El caso que podría abrir la puerta a nuevas disputas por herencias
La controversia se originó cuando una mujer impugnó la declaración de heredero único otorgada al padre de su hermano fallecido. Entre los elementos que deberán revisarse destacan:
- La convivencia entre ambos hermanos.
- La existencia de un régimen de copropiedad sobre un inmueble.
- El papel de la hermana como cuidadora del fallecido.
- La ausencia de descendientes, cónyuge o concubina del autor de la herencia.
- La protección constitucional de distintas formas de familia.
Ahora, la Sala responsable deberá determinar “si la hermana tiene derecho a participar en la herencia con una prelación distinta a la legalmente establecida” y también resolver sobre “su calidad de copropietaria del inmueble que es parte de la herencia”.
La decisión podría convertirse en un referente para futuros conflictos sucesorios en los que los vínculos familiares no encajen plenamente en el esquema tradicional previsto por la ley.















