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Una resolución judicial en Rosario, Santa Fe, marcó un precedente en un caso de cuota alimentaria impaga que se extendió durante más de tres años.

Tras reiterados incumplimientos, un padre fue obligado a abonar la prestación destinada a sus hijos mediante un mecanismo inusual: el monto se incorporará de forma mensual a la factura de luz.

Ahora la empresa eléctrica deberá incluir el monto en la boleta, cobrarlo y depositarlo en una cuenta judicial.

La medida tomada por la jueza Andrea Mariel Brunetti, a cargo del Juzgado de Failia N° 11, busca garantizar el cumplimiento de una obligación que había sido desatendida durante un largo período.

En este sentido, la decisión judicial apunta a evitar nuevas demoras y asegurar que los menores reciban los recursos económicos que les corresponden por ley.

La falta de pago de la es una de las problemáticas más frecuentes en los tribunales de familia de la Argentina.

Sin embargo, en este caso se adoptó una herramienta poco habitual para garantizar el cobro efectivo fundada en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que permite a los jueces adoptar “medidas razonables” para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

Cómo funcionará el pago de la cuota alimentaria en la factura de luz

Según se conoció, la Justicia dispuso que el monto correspondiente a la manutención de los hijos sea incorporado directamente a la boleta del servicio eléctrico que recibe el progenitor incumplidor.

Tras reiterados incumplimientos, un padre fue obligado a abonar la prestación destinada a sus hijos mediante un mecanismo inusual: el monto se incorporará de forma mensual a la factura de luz.
Tras reiterados incumplimientos, un padre fue obligado a abonar la prestación destinada a sus hijos mediante un mecanismo inusual: el monto se incorporará de forma mensual a la factura de luz.

De esta manera, el pago quedará vinculado a una factura de consumo esencial, lo que dificulta la acumulación de nuevas deudas.

Entre los principales objetivos de la medida se encuentran:

  • Garantizar el cobro mensual de la cuota.
  • Evitar incumplimientos reiterados.
  • Proteger el interés superior de los menores.
  • Reducir la necesidad de reclamos judiciales constantes.

Si bien los mecanismos tradicionales incluyen embargos de salario o cuentas bancarias, los jueces pueden disponer alternativas cuando consideran que son necesarias para asegurar el efectivo cumplimiento de la obligación alimentaria.

En este caso se llegó a esta decisión luego de suspender la licencia de conducir e incorporarlo al registro de deudores alimentarios. No obstante, estas medidas no lograron garantizar los pagos.

Qué consecuencias puede tener no pagar la cuota alimentaria

El Código Civil y Comercial de la Nación establece que los progenitores tienen la obligación de contribuir al sostenimiento de sus hijos. Cuando esa responsabilidad no se cumple, pueden aplicarse distintas medidas para exigir el pago.

Entre las consecuencias más frecuentes figuran:

  • Embargos sobre haberes o cuentas.
  • Restricciones para realizar determinados trámites.
  • Inclusión en registros de deudores alimentarios.
  • Sanciones judiciales por incumplimiento reiterado.

En este contexto, la decisión de incorporar el pago a la factura de luz aparece como una alternativa destinada a garantizar que la asistencia económica llegue efectivamente a quienes la necesitan.

El caso vuelve a poner en el centro del debate las herramientas que utiliza la Justicia para enfrentar el incumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes.

La prioridad, remarcan los especialistas en derecho de familia, es asegurar que los menores reciban el sustento económico que les corresponde sin depender de reclamos permanentes ni extensos procesos judiciales.