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En el actual escenario previsional, planificar la jubilación es una decisión financiera clave y no un trámite que se puede resolver a último momento. Con el fin de las moratorias que permitían jubilarse sin los 30 años de aportes y pagar la deuda en cuotas descontadas del haber, las reglas del sistema son otras.

Hoy, quienes no completaron los años exigidos deben pensar con anticipación cómo regularizar su situación para evitar quedar fuera de una jubilación ordinaria al momento de alcanzar la edad de retiro.

La abogada Carmen Losardo, del estudio jurídico Márquez-Losardo, advierte que “el margen de maniobra para quienes no completaron sus 30 años de aportes se reduce drásticamente una vez cumplida la edad legal de retiro” y sostiene que actuar antes de llegar a esa instancia puede ser determinante para acceder al haber pleno.

Ya no se puede pagar la deuda desde la jubilación

Uno de los principales cambios del sistema previsional es que ya no existe, para la mayoría de los casos, la posibilidad de jubilarse sin aportes suficientes y cancelar luego la deuda previsional mediante descuentos mensuales aplicados sobre el haber jubilatorio.

Quedó desactivada, para aquellos casos que tienen muy pocos o ningún aporte, la posibilidad de jubilarse y que te vayan descontando por mes la moratoria del mismo sueldo. Sin embargo, permanece vigente la disposición que permite comprar una gran cantidad de aportes antes de llegar a la edad jubilatoria”, explica Losardo.

La diferencia es central

Actualmente, quienes necesiten regularizar muchos años faltantes sólo pueden hacerlo antes de cumplir la edad jubilatoria.

Una vez alcanzada esa edad, las posibilidades se reducen de manera considerable y el sistema puede impedir el acceso a una jubilación contributiva. Por eso, la recomendación de especialistas previsionales es iniciar el análisis de la historia laboral varios años antes del retiro.

¿Cómo funciona la compra de aportes jubilatorios?

La herramienta vigente es el plan de regularización establecido por la Ley 27.705. El esquema está pensado para trabajadores en actividad que saben que no llegarán a reunir los 30 años de servicios requeridos para jubilarse.

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El mecanismo permite cancelar períodos faltantes mediante la denominada Unidad de Pago de Deuda Previsional (UPDP), siempre que esos períodos no coincidan con empleos registrados formalmente. Además, el interesado debe acreditar residencia en el país.

A mayo de 2026, cada mes de aporte regularizado tiene un valor de $37.142,52. El monto total dependerá de la cantidad de años que falten para completar la historia previsional.

¿Quiénes pueden acceder?

El régimen está dirigido a personas que todavía no alcanzaron la edad jubilatoria, pero se encuentran próximas a hacerlo.

Pueden adherirse:

  • Mujeres de entre 50 y 59 años.
  • Varones de entre 55 y 64 años.

El sistema permite regularizar períodos hasta el 31 de marzo de 2012, una fecha que amplía significativamente las posibilidades de completar años faltantes respecto de esquemas anteriores.

Esto habilita a cubrir baches laborales relativamente recientes y mejora las chances de llegar a la jubilación con los 30 años ya acreditados.

La vieja moratoria que todavía sigue vigente

Para quienes tienen casi todos los aportes completos, existe todavía una alternativa adicional. Según explica Losardo, la moratoria de la Ley 24.476 continúa siendo útil en determinados casos puntuales.

El panorama es mucho más favorable para quienes les falten muy pocos años para reunir los 30. Para ellos, convive con el sistema nuevo la vieja moratoria Ley 24.476, que sigue siendo de suma utilidad para cubrir esos faltantes mínimos”, señala.

En esos casos, la posibilidad de regularizar pocos años faltantes puede resultar menos costosa y más sencilla administrativamente.

Descuento de aportes: el beneficio exclusivo para mujeres

El sistema previsional mantiene vigente el reconocimiento por tareas de cuidado, un beneficio que impacta directamente sobre los años requeridos para jubilarse. Las mujeres pueden computar:

  • Un año de aportes por cada hijo.
  • Dos años en caso de adopción.
  • Dos años si el hijo tiene discapacidad.

Este reconocimiento reduce la cantidad de años que deben aportarse o comprarse mediante los planes de regularización previsional.

Para muchas trabajadoras, este beneficio puede representar la diferencia entre acceder o no a una jubilación ordinaria.

La importancia de anticiparse a la jubilación

Especialistas previsionales remarcan que el tiempo se transformó en el principal factor para quienes transitan su última década laboral.

La posibilidad de “sanear” la historia previsional tiene fecha de vencimiento: una vez alcanzada la edad jubilatoria, las opciones disponibles son mucho más limitadas.

Por eso, desde el estudio Márquez-Losardo recomiendan revisar con anticipación los aportes registrados y analizar cuánto tiempo falta completar para evitar inconvenientes futuros.

Consultar con anticipación es la mejor recomendación en este contexto”, sostienen, ya que la compra de aportes antes de llegar a la edad de retiro puede garantizar el acceso al haber pleno y evitar restricciones posteriores.

Jubilación: qué pasa si no se completan los 30 años

En 2026, quienes llegan a la edad jubilatoria sin reunir los aportes necesarios tienen como alternativa la Prestación Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Por ley, esta prestación equivale al 80% de la jubilación mínima.

Sin embargo, Losardo advierte que existen diferencias importantes respecto de una jubilación ordinaria. “Si el titular de una jubilación ordinaria fallece, el cónyuge tiene derecho a la pensión. En la PUAM, en cambio, la prestación se extingue con la muerte del titular, dejando al cónyuge desprotegido”, explica.

Por eso, los especialistas insisten en que completar los 30 años antes de alcanzar la edad jubilatoria no sólo impacta en el monto del haber, sino también en los derechos previsionales futuros y en la cobertura del grupo familiar.