Tras suspender el plenario de la semana pasada, el oficialismo por estas horas busca definir el texto de la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que dictaminarían este martes. Uno de los borradores al que accedió El Cronista incluye algunas concesiones a pedido de aliados y también tiene en cuenta los intereses que pusieron sobre la mesa los Estados Unidos.
Uno de los reclamos de los aliados era la intervención del Congreso ante el derribo de aviones o el hundimiento de buques militares extranjeros. “Pedimos que diga explícitamente que si hundimos un buque o avión militar hostil de un país extranjero el Congreso tenga la intervención que corresponde en la Constitución”, expresaron aliados.
El borrador incorpora la redacción que había propuesto el MID. Cuando esas medidas se apliquen sobre aeronaves o buques militares extranjeros y representen un riesgo inminente de guerra o de represalias militares, el Congreso actuará de acuerdo con los incisos 25 y 26 del artículo 75 de la Constitución, que le asignan la facultad de autorizar al Ejecutivo a declarar la guerra y a ordenar represalias.
La orden de derribar una aeronave o hundir un buque seguiría a cargo del Presidente, que puede delegarla en el ministro de Defensa. Una vez ejecutada la medida, el Consejo de Seguridad Nacional deberá informarla a la nueva comisión bicameral dentro de las 48 horas.
Esta Comisión Bicameral de Seguimiento de Asuntos de Seguridad Nacional estará integrada por cuatro diputados y cuatro senadores. Esta modificación había sido avalada en comisión por la secretaria Legal y Técnica, María Ibarzabal Murphy.
Esta comisión recibirá en el mismo plazo de 48 horas las sanciones y medidas urgentes que disponga el Consejo, y el Poder Ejecutivo deberá comunicarle los rechazos de inversiones y las órdenes de desinversión. También podrá pedir informes y formular recomendaciones, con excepción de la información amparada por secreto comercial o industrial.
El otro pedido que estaba sobre la mesa era la incorporación de legisladores al Consejo de Seguridad Nacional. El borrador nombra de manera expresa, tal como adelantó El Cronista, al presidente provisional del Senado y al presidente de la Cámara de Diputados, junto con los gobernadores, el jefe de Gobierno porteño y el ministro de Seguridad.

Todos ellos tendrán carácter de miembros no permanentes. Los legisladores y los gobernadores solo participarán cuando el Presidente los convoque; al ministro de Seguridad el texto obliga a darle intervención cuando el Consejo trate temas de infraestructura crítica o de protección marítima. Los miembros permanentes siguen siendo los del texto original: el Presidente, el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, la Secretaría Legal y Técnica y la SIDE.
La vicepresidencia, hoy a cargo de Victoria Villarruel, solo ocuparía un lugar en reemplazo del Presidente en los casos de acefalía que prevé el artículo 88 de la Constitución.
El dictamen incorporará límites al Consejo de Seguridad Nacional. Por ejemplo, se evalúa que el órgano no pueda intervenir en cuestiones de seguridad interior salvo en la protección de infraestructuras críticas y de los espacios marítimos y en sus decisiones sobre sanciones e inversiones solo podrá ponderar razones de seguridad nacional, no de conveniencia económica.
La protección de las redes de telecomunicaciones como infraestructura crítica no podría habilitar el monitoreo ni el bloqueo de contenidos. Las infracciones que el Consejo puede sancionar exigen ahora una conducta deliberada y una afectación concreta, y desaparece de la lista de sanciones la pérdida de créditos, garantías y beneficios fiscales.
Otro de los casos más polémicos fue el artículo 111, que en el texto original incorporaba al Código Penal el artículo 225 bis. Esa figura castigaba con penas de 5 a 12 años a quien, por cuenta de un Estado extranjero, buscara “alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva”.
Evalúan que el texto mantenga el delito de injerencia extranjera, aunque los los aliados habían pedido eliminarlo, pero no mencionar la manipulación de la opinión pública ni la desinformación.
En su lugar crearían la figura de “campaña de injerencia extranjera”, definida como un conjunto de acciones sistemáticas, clandestinas, engañosas o coercitivas que ocultan su vínculo con un Estado extranjero y buscan alterar una elección, afectar la libre formación de la voluntad política o condicionar las decisiones de las autoridades.

El nuevo texto exige además que el autor sepa que actúa por cuenta de un Estado, organización o agente extranjero. También excluye de manera expresa la actividad diplomática, el periodismo, la investigación académica y la representación de intereses que se haga de forma abierta. Las penas no cambian: de 5 a 12 años, y de 8 a 15 cuando medien amenazas, sobornos o estructuras criminales.
El artículo 111 de la nueva versión regula otra cuestión: la revisión de inversiones extranjeras por razones de seguridad nacional, un régimen que no figuraba en el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo.
Los cambios a favor de EE.UU.
El capítulo con más modificaciones sería el Título I, que reemplaza a la Ley 26.659 y fija el régimen de sanciones para quienes exploten recursos naturales en Malvinas y la Plataforma Continental sin habilitación argentina. Los cambios que circulan coinciden con los reparos que había planteado Washington ante la posibilidad de que la ley afectara a empresas estadounidenses con intereses en la región.
“Es natural que cualquier país, supongo, se preocupe por eso, pero quiero destacar otra vez que nosotros respetamos el proceso legislativo de la gran nación argentina”, había dicho el vicesecretario de Estado de EE.UU., Christopher Landau, la semana pasada ante El Cronista durante la conferencia de prensa que dio junto al canciller Pablo Quirno en el Palacio San Martín.
La preocupación norteamericana no pasa por las operadoras de Sea Lion. Navitas Petroleum, de capitales israelíes, tiene el 65% del proyecto, y Rockhopper Exploration, británica, el 35% restante. El problema estaba en el alcance del texto original sobre su entorno: extendía las prohibiciones a sus accionistas y controlantes, a quienes realizaran con ellas operaciones financieras, logísticas o técnicas esenciales para el proyecto y a sus socios en otros negocios.

Evalúan recortar ese alcance en cuatro puntos:
- Accionistas. El proyecto del Ejecutivo prohibía ser socio o accionista de una empresa que operara en Malvinas, sin excepciones. Evalúan que ahora se excluya a las personas humanas con hasta el 2% del capital que no designen directores ni síndicos. También dejaría afuera a los vehículos de inversión y a sus administradores, depositarios y cuotapartistas cuando la participación surja de una gestión sin decisiones discrecionales sobre los activos. La cláusula alcanzaría a los grandes fondos que tienen acciones de las petroleras a través de carteras pasivas o que replican índices.
- Proveedores. El original sancionaba a quien celebrara con el infractor cualquier acto jurídico esencial para el proyecto, incluidas operaciones financieras, logísticas o de consultoría. La nueva versión alcanzaría solo a quien provea bienes o servicios indispensables cuando conociera, o no hubiera podido razonablemente desconocer, su destino. La pena mínima de prisión para ese delito bajaría de cinco a dos años.. Las grandes firmas de servicios petroleros, entre ellas las estadounidenses Halliburton y Baker Hughes, ya habían comunicado que no participan de Sea Lion.
- Contratos y laudos. Un borrador acota el alcance de la inhabilitación. En la versión original, la rescisión de contratos alcanzaba también a las personas “vinculadas” con el infractor; el borrador la limita a los entes que controla. Además, eliminaría la mención expresa a las sentencias y laudos arbitrales extranjeros entre los reclamos que los sancionados no podrán hacer valer en el país por los contratos rescindidos en aplicación de la ley.
- Socios en otros proyectos. La sanción ya no afectaría las habilitaciones ni los beneficios de quienes participen junto al infractor en actividades lícitas en el país, “aun cuando hubieran sido otorgados en el marco de regímenes de fomento”, una referencia que alcanza al RIGI. El sancionado podría transferir su parte en esos proyectos a sus socios o a terceros.
- El nuevo Título V, sobre inversiones extranjeras, va en la misma línea. El Consejo de Seguridad Nacional deberá aprobar o revisar las operaciones de Estados extranjeros o de empresas controladas por ellos en defensa, telecomunicaciones, actividades espaciales, energía, hidrocarburos, minería e infraestructuras críticas. El régimen no alcanza a inversores privados, de modo que las compañías estadounidenses quedan afuera. El texto aclara además que la nacionalidad extranjera no basta por sí sola para rechazar una operación. Quedan excluidas las inversiones anteriores a la ley y los proyectos que ya pidieron su adhesión al RIGI. El rechazo o la desinversión requerirán un decreto fundado del Presidente.
El impacto sobre la ofensiva contra Sea Lion
Los cambios llegan con varios frentes abiertos. Tras el Decreto 868/2026, del 3 de septiembre, la Cancillería inició procesos sancionatorios bajo la Ley 26.659 contra 45 personas y empresas, entre ellas subsidiarias de Navitas y Rockhopper, sus accionistas y proveedores. Quirno informó además que el Gobierno notificó a 180 empresas.

En paralelo, el canciller presentó una denuncia penal, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro, contra sociedades del grupo Navitas y contra JHI Associates. En Comodoro Py, la Justicia federal dio impulso a otra causa con pedidos de información societaria y bancaria sobre Desire Petroleum y Rockhopper.
A eso se suman dos frentes más. En Río Grande, la jueza federal Mariel Borruto ordenó en septiembre a Rockhopper y Navitas frenar las obras de Sea Lion. La medida cautelar, que pidieron excombatientes de Malvinas, también ordenó a las empresas preservar la documentación financiera y asegurativa del proyecto. En el plano internacional, la Argentina recurrió al arbitraje previsto en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
Según el propio Navitas, la presión tuvo efectos. A comienzos de octubre, la compañía informó que trabaja para reemplazar a dos contratistas que dejaron el proyecto, aunque sostuvo que no espera un impacto material.
Las modificaciones que evalúan inciden sobre esos procesos en varios puntos.
- Salida para los investigados. El Régimen de Desistimiento y Regularización incluiría de manera expresa a quienes hayan violado la Ley 26.659, la norma bajo la cual se abrieron los 45 sumarios. Una empresa investigada podrá adherir en cualquier etapa, aun después de ser sancionada. Al hacerlo:
- se suspenden los sumarios administrativos y las acciones penales en curso, “aun cuando no se hubiera efectuado la denuncia penal”;
- con el pago de la multa o la ejecución del plan de inversión, se archivan las actuaciones y se extingue la acción penal.

Los montos para adherir bajarían respecto del proyecto original. Quedarían afuera solo quienes tengan una condena firme o reincidan.
- Sin regla de transición. Derogaría la Ley 26.659 sin una cláusula que defina qué ocurre con los procedimientos abiertos bajo esa norma. En materia penal, las penas más altas que fija el nuevo texto no podrían aplicarse a hechos anteriores.
- Medidas sobre bienes y apelaciones. Un borrador quita de las medidas precautorias que el Estado puede pedir al juez la intervención judicial de las empresas. Exigiría, además, que el registro de condenados se nutra solo de sentencias firmes. El texto original establecía que la apelación contra una sanción administrativa no suspendía sus efectos; la nueva versión eliminó esa aclaración.
Lo que no cambiaría
Otros puntos cuestionados por la oposición se mantendrían en el texto. El Consejo de Seguridad conserva la facultad de disponer medidas urgentes antes de abrir un procedimiento: restricciones cambiarias, bloqueo de fondos y aumentos de aranceles de hasta el 75% para el Estado extranjero involucrado.
El Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET) mantiene la facultad de la Unidad de Información Financiera de inmovilizar bienes sin orden judicial previa. El juez intervendría después para ratificar, rectificar o revocar la medida.
Tampoco asoman cambiar la prohibición de aportes de extranjeros sin residencia permanente a campañas electorales ni los nuevos delitos de espionaje.
El plenario de las comisiones de Defensa, Legislación Penal y Relaciones Exteriores, que encabezan los diputados libertarios Carlos Zapata, Laura Rodríguez Machado y Juliana Santillán, se reúne este martes tras dos postergaciones.
La última, del 19 de octubre, se produjo después de que Estados Unidos propusiera en Naciones Unidas el cierre del Comité Especial de Descolonización, el ámbito donde la Argentina sostiene cada año su reclamo de soberanía sobre las islas. Con este texto, el oficialismo busca reunir las firmas que no consiguió en cuatro plenarios y llevar el proyecto al recinto antes de fin de año.

Por Daniela Romero
Redactora de Economía y Política
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