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La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral fijó la fecha de entrada en vigencia para la incorporación de contribuyentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) al Registro Único Tributario-Padrón Federal.

Así, a partir del 1° de agosto de 2026, el Padrón Federal será el único canal habilitado para gestionar inscripciones, modificaciones de datos y ceses de jurisdicción a través del servicio Sistema Registral de la Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA).

La decisión se formalizó mediante la Disposición 9/2026 de la Presidencia de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

A raíz de este cambio, los contribuyentes que tributan bajo el régimen de Convenio Multilateral con sede en la Ciudad de Buenos Aires experimentarán cambios operativos significativos en sus gestiones ante la autoridad tributaria.

Es que la medida centraliza todos los trámites registrales -tanto nacionales como porteños- en una plataforma única, eliminando procedimientos alternativos o dispersos que pudieran existir previamente.

En la práctica, esto debería facilitar la gestión de los contribuyentes al unificar múltiples tipos de trámites registrales.

La incorporación al Registro Único Tributario-Padrón Federal habilitará:

  • inscripciones nuevas;
  • actualizaciones de datos registrales;
  • ceses de jurisdicción;
  • ceses de actividades;
  • transferencias de fondos de comercio;
  • fusiones, y;
  • escisiones.
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Todos estos procedimientos deberán realizarse obligatoriamente a través del Sistema Registral de ARCA a partir del 1° de agosto.

Los contribuyentes ya inscriptos recibirán tratamiento automático. La administración incorporará de oficio a quienes ya posean registros activos ante la autoridad tributaria porteña.

Sin embargo, esta incorporación automática no exime de responsabilidades a los contribuyentes, quienes deberán verificar que sus datos consten correctamente en el nuevo sistema.

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Los datos registrales requieren verificación y actualización por parte de cada contribuyente.

La migración automática constituye un paso inicial, pero los sujetos pasivos deberán acceder al Registro Único Tributario-Padrón Federal y realizar las verificaciones necesarias.

En caso de detectar errores, discrepancias o información desactualizada, deberán proceder a la actualización correspondiente antes de que venza el período de migración.

Esta incorporación representa un cambio en la estructura administrativa del tratamiento de contribuyentes del Convenio Multilateral.

Anteriormente, estos sujetos contaban con canales de gestión registral específicos dentro de los órganos de aplicación provinciales.

Ahora, la centralización en el Padrón Federal responde a políticas de modernización y estandarización de procedimientos en el sistema tributario argentino.

Aunque la normativa fija el 1° de agosto como fecha efectiva, es probable que se establezcan períodos transitorios para la verificación y actualización de información.

Los contribuyentes deberán estar atentos a comunicaciones oficiales que detallen cronogramas precisos y requisitos específicos.

El Registro Único Tributario-Padrón Federal continuará recibiendo nuevos segmentos de contribuyentes conforme avancen políticas de modernización tributaria. Esta medida constituye un paso adicional en la integración de sistemas de información fiscal a nivel nacional.