En esta noticia
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó este lunes las nuevas escalas del monotributo, con ajustes del 16,8% según la variación que registró la inflación en el período enero-junio de 2026.
De esta forma, la categoría A —la más baja— dispone de un límite de facturación de $ 12.009.410,45, mientras que el impuesto integrado (locación, prestación de servicios y venta de cosas muebles) subió a $ 5.585,77.
Por su parte, la categoría K —la más alta— tiene un límite anual de $ 126.610.838,75, sumado a que el impuesto integrado por locación y prestación de servicios aumentó a $ 1.368.514,20 y el de venta de cosas muebles a $ 456.171,40.
Las cifras, que fueron difundidas por ARCA a través de su sitio web, son prácticamente similares a las publicadas por El Cronista, de acuerdo con estimaciones enviadas por Sebastián Domínguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios.
Los nuevos importes son fundamentales para que los pequeños contribuyentes evalúen si es necesario recategorizarse, trámite que ya se encuentra disponible. El período para evaluar dicha revisión rige hasta el 5 de agosto de 2026, inclusive.
En ese sentido, la clave es que los monotributistas tomen en cuenta su actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, deberán recategorizarse. Caso contrario, permanecerán en la misma categoría.
El trámite, en definitiva, alcanza únicamente a quienes deben subir o bajar de categoría. Por ende, quienes mantienen la misma categoría o tienen menos de seis meses de actividad, no deberán realizar ningún tipo de acción.
ARCA: cuáles son las nuevas escalas del monotributo
El organismo hizo oficial este lunes los montos y las categorías vigentes, cuyos valores comenzarán a aplicarse desde el 1° de agosto:
| Categoría | Ingresos brutos | Sup. Afectada | Energía eléctrica consumida anualmente | Alquileres devengados anualmente | Precio unitario máximo para venta de cosas muebles | Impuesto integrado | Aportes al SIPA | Aportes obra social | Total |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Locaciones y prestaciones de servicios | Venta de cosas muebles | Locaciones y prestaciones de servicios | Venta de cosas muebles | ||||||
| A | $12.009.410,45 | Hasta 30 m2 | Hasta 3330 Kw | $2.792.886,15 | $716.840,77 | $5.585,77 | $5.585,77 | $18.246,86 | $25.694,55 |
| B | $17.595.182,74 | Hasta 45 m2 | Hasta 5000 Kw | $2.792.886,15 | $716.840,77 | $10.612,98 | $10.612,98 | $20.071,55 | $25.694,55 |
| C | $24.670.494,31 | Hasta 60 m2 | Hasta 6700 Kw | $3.816.944,41 | $716.840,77 | $18.246,86 | $16.757,32 | $22.078,71 | $25.694,55 |
| D | $30.628.651,43 | Hasta 85 m2 | Hasta 10000 Kw | $3.816.944,41 | $716.840,77 | $29.790,79 | $27.742,67 | $24.286,58 | $30.535,56 |
| E | $36.028.231,33 | Hasta 110 m2 | Hasta 13000 Kw | $4.841.002,66 | $716.840,77 | $55.857,73 | $44.313,79 | $26.715,24 | $37.238,48 |
| F | $45.151.659,41 | Hasta 150 m2 | Hasta 16500 Kw | $4.841.002,66 | $716.840,77 | $78.573,20 | $57.719,64 | $29.386,76 | $42.824,25 |
| G | $53.995.798,87 | Hasta 200 m2 | Hasta 20000 Kw | $5.771.964,69 | $716.840,77 | $142.995,76 | $71.497,87 | $41.141,46 | $46.175,72 |
| H | $81.924.660,37 | Hasta 200 m2 | Hasta 20000 Kw | $8.378.658,45 | $716.840,77 | $409.623,31 | $204.811,64 | $57.598,04 | $55.485,33 |
| I | $91.699.761,90 | Hasta 200 m2 | Hasta 20000 Kw | $8.378.658,45 | $716.840,77 | $814.591,79 | $325.836,71 | $80.637,26 | $68.518,81 |
| J | $105.012.519,20 | Hasta 200 m2 | Hasta 20000 Kw | $8.378.658,45 | $716.840,77 | $977.510,14 | $391.004,07 | $112.892,16 | $76.897,46 |
| K | $126.610.838,75 | Hasta 200 m2 | Hasta 20000 Kw | $8.378.658,45 | $716.840,77 | $1.368.514,20 | $456.171,40 | $158.049,02 | $87.882,82 |
Por su parte, la cuota correspondiente a julio deberá abonarse respecto de la categoría vigente hasta ese momento. Tal es así que, en este caso particular, los pequeños contribuyentes tendrán que contemplar los importes anteriores.
Qué es la recategorización simplificada y de oficio
La recategorización simplificada tiene como objetivo agilizar y facilitar los trámites a los contribuyentes. Una vez que los monotributistas comiencen el trámite, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual, en base a los comprobantes electrónicos emitidos.
Si este número es correcto, podrán confirmar la nueva categoría. En cambio, si es necesario modificar el monto, el sitio permite hacerlo manualmente.
“Aceptar esa sugerencia sin contrastarla contra la facturación real, incluyendo los cobros por transferencia, billeteras virtuales o posnet que ARCA pudo no haber captado en su totalidad, es uno de los errores más frecuentes del trámite. La sugerencia del sistema puede no ser la confirmación de la categoría correcta”, resaltó Sebastián Domínguez.

Por otro lado, la recategorización de oficio es el proceso por el cual el fisco detecta que un contribuyente no se recategorizó o lo hizo de forma incorrecta.
“Este procedimiento se inicia cuando ARCA detecta que las compras, gastos o acreditaciones bancarias del contribuyente superan el límite máximo de ingresos brutos anuales permitido para la categoría en la que se encuentra inscripto”, detalló el organismo.
En ese caso, los monotributistas recibirán una notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) dentro de los primeros 10 días hábiles administrativos posteriores al plazo previsto para realizar la recategorización.
Quienes lo consideren tendrán la posibilidad de presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días posteriores a la notificación.
En caso de no presentar el recurso, el contribuyente será recategorizado automáticamente en la categoría asignada de oficio. Los motivos de la recategorización podrán consultarse en el portal de Monotributo.
“La recategorización de julio de 2026 no es un trámite formal menor: define la carga tributaria y previsional mensual del contribuyente hasta el vencimiento de enero de 2027 y, en los casos más significativos, puede determinar la permanencia en el régimen simplificado o la exclusión hacia el régimen general. El análisis de los doce meses de actividad, contrastado con la categoría que ARCA sugiere de manera automática, es la vía adecuada para evitar diferencias, intereses y sanciones posteriores”, precisó Domínguez.
Cifras
En el informe de gestión presentado en Diputados, ARCA informó, ante la pregunta de un legislador, un fuerte incremento en la cantidad de recategorizaciones de oficio en el último año.
El total general pasó de 128.987 notificaciones en agosto de 2025 a 220.426 en febrero de 2026, período que coincide con la masiva cantidad de recategorizaciones por información derivada de movimientos en plataformas digitales.

En ambos casos, las categorías más bajas concentraron la mayor cantidad de casos. Se destacó la categoría A, con 49.194 notificaciones en agosto y 97.185 en febrero, mientras que las categorías más altas, como la J, registraron la menor incidencia, con 108 y 260 casos, respectivamente.
¡Queremos conocerte!
Registrate sin cargo en El Cronista para una experiencia a tu medida.



















