Declaración jurada de Ganancias 2023: cuándo vence el plazo para presentarla en AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió el plazo para la presentación del formulario 572. Quiénes deben completar el trámite y cómo hacerlo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que los trabajadores presenten el SIRADIG e informen a sus empleadores las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023.
La medida, oficializada a través de la publicación de la Resolución General N° 5494/2024 en el Boletín Oficial, extendió la fecha tope hasta el martes 30 de abril, inclusive.
El objetivo de la norma, explicaron desde el organismo, es "brindar seguridad jurídica respecto de la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del año 2023".
"Por ello, el actual Gobierno ha presentado un proyecto ante el Honorable Congreso de la Nación para validar, con jerarquía de ley, las disposiciones provisorias dictadas por el Poder Ejecutivo durante el año pasado", explicaron.
Finalmente, la liquidación anual por parte de los empleadores, a partir del dictado de la Resolución General, se realizará durante el mes de mayo procediendo a efectuar las devoluciones del impuesto retenido en exceso a los trabajadores hasta el 10 de junio de 2024.
Qué es el SIRADIG y para qué sirve
El Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) permite a los empleados informar a sus empleadores las deducciones, percepciones y los ingresos de otros empleos si correspondiera.
Así el trabajador presenta el F. 572 web con los conceptos a deducir, las percepciones que le hubieran practicado o los ingresos extra que tuviera en caso de tener otro empleo.
AFIP: ¿quiénes deben declarar Impuesto a las Ganancias?
Por el Régimen General
- Los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público Fiscal de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.
- Quienes tengan cargo de Secretario de Estado o superior y sus equivalentes, diputados y senadores del Poder Legislativo.
- Quienes ejerzan el cargo como directores, síndicos y miembros de consejos de vigilancia de sociedades anónimas y cargos equivalentes de administradores y miembros de consejos de administración de otras sociedades, asociaciones, fundaciones y cooperativas.
- Quienes se desempeñen como consejeros de sociedades cooperativas.
- Quienes perciban asignaciones mensuales y vitalicias reconocidas a presidentes y vicepresidentes de la Nación dispuestas por la ley 24.018.
Por el Impuesto Cedular a los Mayores Ingresos
- Restantes empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados.
- Actores que perciben las retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores.
AFIP: ¿cómo presentar las deducciones del Impuesto a las Ganancias?
El trámite es 100% online. Para cargar las deducciones, el empleado debe ingresar a la web de AFIP con clave fiscal, entrar al SIRADIG y buscar el formulario 572 que corresponda al período fiscal.
- Ingresar a SiRADIG | AFIP
- Ingresar con CUIT y Clave Fiscal
- Ir a la sección "Datos Personales" y completar con la información personal.
- Ir a "Empleadores" y completar los datos requeridos.
- En la opción "Carga de Formulario" se deberá ingresar las deducciones, percepciones y/o retenciones.
- Al finalizar, elegir la opción "Enviar al empleador" y después en "Generar presentación".
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