El compliance no descansa a pesar del coronavirus: cuáles son los nuevos retos

No es novedad que la economía argentina se encuentra estancada: salvo contadas excepciones, las empresas cerraron sus puertas, redujeron sus operaciones y enviaron a sus empleados a trabajar desde sus hogares. El impacto que está teniendo la pandemia del coronavirus en los negocios ha generado nuevas preocupaciones que los Oficiales de Cumplimiento no pueden desatender:

Abuso de posición dominante y generación de sobreprecios: varios factores empujan a las empresas a coquetear con el abuso de su posición dominante y, por ende, nos encontramos ante aumento de precios en exceso, incluso por encima de la inflación oficial. El costo económico y reputacional de esta forma de accionar debe ser evaluado también.

Riesgo de insolvencia: el oficial de cumplimiento debe estar atento a la exposición financiera y buscar herramientas para reducir costos. Es momento de repensar algunos puntos: ¿hay que buscar proveedores nuevos y más confiables? ¿hay que retener algunas cuentas de clientes? Son sólo algunas de las preguntas.

Debida diligencia de terceros: un área que puede relajarse o ser menos exigente es la relacionada  con la diligencia debida. Lo que hay que tener presente es que las consecuencias surgen con posterioridad, en momentos calmos y la vara para juzgar tales desatenciones suele ser distinta. La pandemia no debe habilitar a la permisión indiscriminada.

Riesgo de fraude: las áreas tradicionales de conflicto también deberán ser reexaminadas, por ejemplo, se deben verificar las actividades de los equipos de ventas y marketing y, especialmente, si sus salarios están vinculados a bonos de ventas. En tal caso, las empresas deberán considerar ajustar los objetivos de ventas para minimizar cualquier riesgo de fraude.

Riesgo de "incumplimiento" de leyes vigentes: las normas sobre "lavado de dinero" y fundamentalmente las impositivas comprometen a los directores y a las empresas. Posiblemente los organismos están menos incisivos debido al contexto, no obstante cualquier incumplimiento tendrá sus consecuencias económicas, jurídicas y hasta sancionatorias cuando la pandemia concluya. En consecuencia, que la crisis no sea una excusa para incumplimientos injustificados.

Riesgo de seguridad de los datos: un tema de extrema relevancia hoy. Trabajar de forma remota, en home office, presenta varios riesgos y desafíos en lo que respecta a la protección de datos que los profesionales de cumplimiento deben reconocer e intentar mitigar: accesos indebidos, exposición a ciber ataques, violaciones de datos, y utilización de herramientas de colaboración (como Microsoft Teams y Zoom).

Riesgos derivados de la interrupción en las compras y/o afectación de la cadena de suministro: si una empresa se enfrenta a la imposibilidad momentánea de comprar a sus proveedores habituales y/o a problemas en la logística de suministro que generen demoras en la provisión de insumos durante la pandemia, existe la posibilidad de que la empresa se vea presionada a contratar nuevos proveedores sin llevar a cabo el nivel adecuado de debida diligencia. Para reducir el riesgo potencial, el departamento legal debe revisar todos los contratos de nuevos proveedores para garantizar que se incorporen los términos legales apropiados, revisar las facturas y pagos a proveedores por cualquier señal de alerta o anomalías, y monitorear la conducta para asegurarse de que cumpla con los requisitos regulatorios y contractuales, representaciones y garantías.

Riesgo de incumplimiento de normas de seguridad e higiene en el trabajo: el Covid-19 está generando un conjunto de normas que requieren a las empresas de protocolos conducentes a lograr condiciones de trabajo que minimicen el riesgo potencial de contagio del virus. Verificar el cumplimiento de estas normas deberá también ser incluido en el plan de trabajo de los Oficiales de Cumplimiento.

En definitiva, el Compliance Officer, en el marco de las tareas que formalmente tiene asignadas, debe continuar ejerciendo los controles con el mismo rigor de siempre. En su caso, el coronavirus no puede ser una excusa o una razón para permitir conductas o situaciones que pongan riesgo a la empresa,  que incluso derive en alguna responsabilidad legal para él o para los directores.

(*)   El Dr. Emilio Cornejo Costas es Abogado, Asociado a cargo del Departamento de Derecho Penal Económico de Lisicki, Litvin & Asoc., y el Dr. Oscar Canorio es Contador Público y Lic. en Administración, consultor experto en auditoría interna y compliance.

Temas relacionados
Más noticias de compliance
Noticias de tu interés