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La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que modifica las normativas relacionadas con el traslado de ganado en México. El Tribunal Pleno determinó que diversos permisos estatales ya no son requeridos. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, expresó el máximo tribunal en su resolución.

La decisión fue adoptada al abordar la Controversia Constitucional 216/2025, revisada en sesión del Pleno el 10 de marzo de 2026. En el fallo, la Suprema Corte puntualizó que ciertos requisitos locales en Nayarit invadían competencias federales, por lo que su aplicación ha quedado sin efecto desde este momento.

En el comunicado oficial, la Suprema Corte aclaró que algunas disposiciones estatales buscaban regular el movimiento de animales a través de autorizaciones locales.

Un fallo histórico de la Suprema Corte modifica el transporte público y pone en peligro todas las concesiones (foto: archivo).
Un fallo histórico de la Suprema Corte modifica el transporte público y pone en peligro todas las concesiones (foto: archivo).

“En la práctica, imponían un régimen estatal de permisos previos para el traslado de ganado”, señaló el tribunal, “lo que vulnera las facultades previstas en la Constitución mexicana.”

La Corte valida la acreditación de propiedad ganadera y permite el movimiento sin filtros obligatorios

El fallo distinguye entre los documentos que acreditan la propiedad del ganado y aquellos que actúan como permisos necesarios para su traslado. Los ministros han validado parte de la Ley Ganadera de Nayarit, que reconoce instrumentos administrativos para comprobar la posesión o transmisión de animales.

“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, explicó la Corte al justificar la validez de esos registros.

Según el comunicado, estos mecanismos pueden mantenerse porque no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.

Corte invalida permisos estatales para movilización de ganado y subproductos

La Suprema Corte subrayó que este tipo de controles deben ser competencia federal, en particular en asuntos sanitarios.

“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, concluyó el tribunal, afirmando que los estados no tienen la facultad de exigir autorizaciones previas para la movilización de ganado.

Sin embargo, el Pleno invalidó varios artículos de la ley que requerían permisos estatales antes de transportar o exportar ganado, productos y subproductos pecuarios. Entre ellos se encontraban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales o las autorizaciones otorgadas por inspectores.