

Una residencia para adultos mayores de San Martín de los Andes, Neuquén, deberá indemnizar con más de $11 millones a una asistente geriátrica que trabajó durante nueve meses en jornadas nocturnas de 12 horas sin recibir el pago correspondiente por las horas extras. La Justicia consideró acreditados los incumplimientos de la empleadora y avaló el despido indirecto de la trabajadora.
El fallo fue dictado el 31 de agosto de 2026 por el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería N.º 2, a cargo del juez Santiago Montórfano.
Entre los puntos centrales de la sentencia, el magistrado tuvo en cuenta que la mujer cumplía 240 horas mensuales, mientras que el convenio colectivo aplicable establecía límites inferiores para la jornada laboral.
Trabajaba 12 horas por noche y superaba el máximo de horas semanales
De acuerdo con lo expuesto en la causa, la trabajadora cumplía turnos nocturnos de 19 a 7, de lunes a lunes, con dos francos semanales. Esta modalidad representaba una carga de 60 horas por semana y 240 horas mensuales.
Sin embargo, el convenio colectivo de trabajo que regulaba la actividad establecía un máximo de ocho horas diarias y 44 horas semanales. La diferencia entre el tiempo trabajado y el límite convencional fue uno de los aspectos centrales que analizó la Justicia.
Antes de finalizar la relación laboral, la asistente geriátrica intimó a la residencia para que regularizara los incumplimientos. Entre sus reclamos incluyó el pago de las horas extras, las diferencias salariales por haberes inferiores a los valores establecidos en la escala convencional y los sueldos correspondientes a noviembre.
La empresa rechazó las acusaciones: sostuvo que la mujer trabajaba ocho horas por día, entre las 7 y las 15, y que su remuneración superaba los mínimos previstos por el convenio.
La Justicia comprobó que la empresa no presentó los registros horarios

El principal punto de discusión fue determinar cuál había sido la jornada laboral que cumplía efectivamente la trabajadora.
Mientras algunos testigos vinculados con la empresa declararon que la trabajadora realizaba turnos de ocho horas, dos antiguas compañeras que desempeñaban las mismas tareas aseguraron que ingresaba a las 19 y se retiraba a las 7.
El juez Santiago Montórfano consideró que estos últimos testimonios tenían mayor valor probatorio, debido a que provenían de personas que conocían directamente la modalidad de trabajo de la demandante.
Además, tuvo en cuenta que la empleadora no presentó las planillas de horarios, a pesar de que había sido intimada judicialmente para hacerlo. Uno de los propios empleados de la residencia reconoció que esos registros se confeccionaban diariamente.
Ante la falta de documentación y las pruebas testimoniales, el magistrado dio por acreditada la versión de la asistente geriátrica y concluyó que trabajaba jornadas nocturnas de 12 horas.
Qué conceptos incluye la indemnización de más de $11 millones
A partir de los incumplimientos acreditados, el magistrado consideró justificado el despido indirecto en el que se colocó la trabajadora. La decisión reconoció que la empleadora había incumplido sus obligaciones laborales y que correspondía indemnizarla.
La condena superó los $11 millones e incluyó distintos conceptos de la finalización del vínculo laboral y de las diferencias salariales reclamadas.
Entre los rubros contemplados en la sentencia se encuentran:
- Indemnización por antigüedad, falta de preaviso e integración del mes de despido.
- Aguinaldo y vacaciones proporcionales.
- Salarios correspondientes a noviembre y diciembre.
- Diferencias salariales por los montos abonados por debajo de la escala convencional.
- Multas previstas por la legislación vigente al momento de finalizar la relación laboral.














