

La Ley de Sucesiones de Argentina contempla escenarios en los que los bienes heredados no pueden dividirse ni utilizarse libremente durante un período prolongado, que puede alcanzar hasta una década.
En este contexto aparece una figura central dentro del derecho sucesorio que es la indivisión forzosa, la cual impide disponer de los bienes heredados durante un plazo determinado.
Esta herramienta jurídica no solo impacta en la forma en que los herederos acceden a los bienes, sino también en cómo pueden administrarlos.
Indivisión forzosa: cuándo la herencia no puede usarse por años
La Ley de Sucesiones indica que la indivisión forzosa se produce cuando el fallecido establece, generalmente a través de un testamento, que los bienes no deben dividirse durante un período determinado, que puede llegar hasta los 10 años como máximo.

Esta disposición puede aplicarse sobre distintos tipos de bienes, desde propiedades específicas hasta empresas familiares, explotaciones agrícolas o participaciones societarias.
Además, en ciertos casos, la ley permite extender esta indivisión hasta que los herederos menores alcancen la mayoría de edad, lo que introduce una protección adicional para los integrantes más vulnerables del grupo familiar.
Mientras la herencia permanece indivisa, los herederos cuentan con facultades limitadas que se centran principalmente en la conservación del patrimonio.
Por qué un testamento puede considerarse nulo
La Ley de Sucesiones de Argentina establece ciertas condiciones a la hora de repartir una herencia a través de un testamento, ya que existen situaciones en las que puede decretarse su nulidad.

En este sentido, un testamento será considerado nulo cada vez que ocurra alguna de las siguientes situaciones:
- Por violar una prohibición legal.
- Por tener defectos de forma.
- Por haber sido otorgado por persona privada de la razón en el momento de testar. La falta de razón debe ser demostrada por quien impugna el acto.
- Por haber sido otorgado por persona judicialmente declarada incapaz.
- Por ser el testador una persona que sufre limitaciones para comunicarse en forma oral y, además, no saber leer ni escribir, excepto que lo haga por escritura pública, con la participación de un intérprete en el acto.
- Por haber sido otorgado con error, dolo o violencia.
En tanto, para que esto ocurra, debe presentarse una denuncia realizada por una de las partes interesadas y un juez determinará si se aplica o no la nulidad del mismo.
Si esto ocurre, la sucesión deberá realizarse en formato “ab-intestato” o intestada, es decir, como si no existiese un testamento.













