Buenos retornos

Dólar hoy: cuánto se puede ganar con la brecha haciendo puré en el mercado paralelo

La brecha sigue creciendo y cada vez es más rentable hacer "puré" con el dólar mediante la compra en el mercado oficial y la venta en el paralelo.

La brecha cambiaria por encima del 100% abre la posibilidad de realizar el conocido "dólar puré" y obtener una buena ganancia en el proceso, ya que existe una gran diferencia entre la cotización oficial de la moneda norteamericana y las alternativas que hay en el "mercado paralelo".

Para esta operación, vale recordarlo, se debe considerar la cotización del dólar solidario (al cual solo pueden acceder los ahorristas), ya que el mismo cuenta con una recarga impositiva del 65% en concepto del impuesto PAIS y un adelanto de Ganancias.

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Con todo esto en mente, a continuación explicamos como hacer "dólar puré" aprovechando la actual brecha cambiaria que existe en Argentina.

CÓMO HACER DÓLAR PURÉ

Lo primero que se debe hacer es comprar los u$s 200 mensuales a los cuales puede acceder cualquier ahorrista que cumpla con las disposiciones del Banco Central de la República Argentina.

Una vez que se compran a $ 179,4 (según su precio a jueves 14 de enero del 2022), lo siguiente es buscar donde se puede vender en el mercado paralelo, el cual cotiza actualmente a $ 206 la compra y $ 209 la venta.

En otras palabras, con una inversión de $ 35.880 en la compra de dólar solidario se pueden conseguir $ 41.200, lo que representa una ganancia de $ 5320 por mes.

¿ES LEGAL HACER DÓLAR PURÉ?

Según indica la Ley de Régimen Penal Cambiario, es ilegal la compra y venta callejera de dólares.

La normativa advierte que "será sancionada toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones", es decir los bancos y las casas de cambios autorizadas.

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QUÉ PASA SI OPERO CON DÓLAR PURÉ

La sanción que cabe por operar fuera de la ley (hacer puré con dólar blue) reside en una multa de hasta 10 veces el monto de la transacción si se trata de la primera vez.

Con una reincidencia, la pena sube de 1 a 4 años de prisión o bien una multa de 3 a 10 veces del total.

En tanto, reincidir en una segunda oportunidad implica una pena de 1 a 8 años de prisión y el máximo de la multa fijada en este caso es de 10 veces el monto negociado.

Además, en todos los casos, podrá aplicarse conjuntamente, una suspensión de hasta 10 años o cancelación de la autorización para operar o intermediar en cambios, tanto para actuar como importador, exportador, corredor de cambio o en instituciones autorizadas.

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