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El Gobierno aprobó el Real Decreto 739/2026, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 25 de septiembre, que permitirá reconocer como cotizados determinados periodos de actividad de antiguos deportistas profesionales.

La medida busca mejorar el acceso a la pensión de jubilación y su cuantía para quienes trabajaron antes de que su colectivo quedara integrado en el Régimen General de la Seguridad Social. La norma entrará en vigor antes de fin de año, el 25 de diciembre de 2026.

El reconocimiento abarca los periodos comprendidos entre el 15 de marzo de 1980 y la fecha de incorporación de cada colectivo al sistema. No supone una devolución de las cotizaciones abonadas, sino la posibilidad de computar años de trabajo que en su momento no pudieron generar aportes por falta de cobertura legal.

¿Qué deportistas podrán sumar años cotizados para la jubilación?

El Real Decreto 739/2026 contempla a quienes residían en España y ejercían habitualmente su actividad deportiva en territorio nacional bajo un contrato profesional correspondiente a una relación laboral especial. El periodo reconocido dependerá de la fecha en la que cada disciplina se incorporó al Régimen General.

El Real Decreto 739/2026 contempla a quienes residían en España.
El Real Decreto 739/2026 contempla a quienes residían en España.Fuente: ShutterstockCreativa Images

La normativa establece distintas fechas de referencia según el colectivo:

  • Ciclistas profesionales: desde el 1 de febrero de 1992.
  • Jugadores profesionales de baloncesto: desde el 1 de agosto de 1993.
  • Jugadores profesionales de balonmano: desde el 1 de enero de 1998.
  • Resto de deportistas profesionales incluidos en la norma: desde el 1 de junio de 2003.

El reconocimiento no será automático. Cada solicitante deberá acreditar su actividad profesional y los periodos que pretenda incorporar a su historial de cotización. Además, no se podrán computar años que coincidan con otros periodos por los que ya haya cotizado a la Seguridad Social.

¿Cómo se pueden solicitar los años reconocidos?

Los interesados deberán presentar una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por vía presencial o electrónica, junto con un certificado del club o entidad deportiva que acredite su condición profesional y el tiempo trabajado.

Si el club ha desaparecido o carece de la información necesaria, la federación deportiva competente podrá expedir el certificado, siempre que disponga de los datos correspondientes.

La acreditación como deportista de alto nivel o de alto rendimiento se gestiona a través del Consejo Superior de Deportes (CSD) o los organismos deportivos de cada comunidad autónoma.

Existen dos figuras principales según el nivel y los requisitos:

1. Deportista de Alto Nivel (DAN)

• Requisitos: Cumplir con los criterios específicos del anexo del Real Decreto 971/2007, basados en resultados en competiciones internacionales o de categoría absoluta/inferior.

• Órgano emisor: Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) y publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

• Cómo se solicita: La tramitación se realiza a través de la Federación Deportiva Española correspondiente mediante la Sede Electrónica del CSD.

2. Deportista de Alto Rendimiento (DAR)

• Requisitos: Ser seleccionado por Federaciones Españolas para competiciones internacionales en los últimos 2 años, estar calificado por una comunidad autónoma, o participar en programas tutelados en Centros de Alto Rendimiento.

• Órgano emisor: El propio CSD (a propuesta de federaciones) o los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas (como la Comunidad de Madrid).

La medida busca mejorar el acceso a la pensión de jubilación y su cuantía para quienes trabajaron antes de que su colectivo quedara integrado en el Régimen General de la Seguridad Social.
La medida busca mejorar el acceso a la pensión de jubilación y su cuantía para quienes trabajaron antes de que su colectivo quedara integrado en el Régimen General de la Seguridad Social. Shutterstock

¿Qué efecto tendrán en la pensión?

Los periodos reconocidos podrán servir para completar los requisitos de acceso a la jubilación y para calcular la cuantía de la pensión. La norma establece que las bases de cotización correspondientes a esos meses se integrarán con las bases mínimas del Régimen General previstas para los trabajadores mayores de 18 años en cada periodo.

La medida también contempla a quienes ya cobran una pensión de jubilación. En esos casos, podrán solicitar una revisión para que los años reconocidos se tengan en cuenta en el porcentaje aplicable a su base reguladora.

El incremento, si corresponde, dependerá de la situación de cada beneficiario y de los periodos que logre acreditar. El Consejo Superior de Deportes asumirá el coste proporcional de la pensión derivado de los años incorporados.