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El Gobierno oficializó una nueva reducción de los Derechos de Exportación (DEX) para una amplia gama de productos industriales. La medida quedó establecida mediante el Decreto 566/2026 y contempla tanto la eliminación inmediata de las retenciones para determinados bienes como un esquema de reducción gradual para otros, que culminará con una alícuota del 0% en junio de 2027.
Según informó el Ejecutivo, la iniciativa alcanza a actividades que hasta ahora tributaban, en la mayoría de los casos, entre 3% y 4,5% por derechos de exportación y busca mejorar la competitividad de la industria argentina, impulsar las exportaciones, fomentar las inversiones y generar empleo.
La decisión se enmarca en el proceso de reducción de retenciones que el Gobierno viene implementando desde 2025. Ese año, mediante el Decreto 305/2025, eliminó los Derechos de Exportación para el 88% de los productos industriales, una medida que alcanzó a más de 4.400 productos y benefició a casi el 40% de las empresas exportadoras argentinas, en su mayoría PyMEs.
Qué productos se beneficiarán con la baja de retenciones
El Decreto 566/2026 establece dos esquemas distintos para los Derechos de Exportación (DEX): por un lado, elimina de manera inmediata las retenciones para determinados productos industriales y, por otro, fija un cronograma de reducción progresiva que finalizará en junio de 2027 para otros bienes.
Productos que pasan a tributar una alícuota del 0%
La eliminación inmediata de los Derechos de Exportación alcanza a las posiciones arancelarias incluidas en el Anexo I del decreto, entre las que se destacan productos vinculados a la industria química, metalúrgica y automotriz:
- Productos químicos.
- Acero.
- Aluminio.
- Cobre.
- Zinc.
- Estaño.
- Otros metales industriales.
- Parte de la producción automotriz.

Productos que tendrán una reducción progresiva
Además de la eliminación inmediata para algunos bienes, el Gobierno estableció un esquema de reducción gradual de las retenciones para otros productos industriales. El cronograma comenzará a aplicarse desde julio de 2026 y culminará con una alícuota del 0% en junio de 2027.
Entre los principales productos alcanzados por este régimen se encuentran:
- Petroquímicos específicos: benceno, tolueno y metanol.
- Plásticos y resinas: polietileno, polipropileno y policloruro de vinilo (PVC).
- Fertilizantes seleccionados
- Caucho natural y sintético.
- Abrasivos
- Cadena automotriz: automóviles, pick-ups, camiones, ómnibus, carrocerías y algunas autopartes.
Cómo saber si una empresa queda alcanzada por el beneficio
Si bien el Gobierno identificó los principales sectores beneficiados, el acceso al nuevo régimen no dependerá únicamente de la actividad que desarrolle cada empresa. La clave estará en la posición arancelaria con la que cada producto se encuentre registrado en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).

A diferencia de otras reformas tributarias que alcanzan a sectores completos, el nuevo decreto modifica el tratamiento de posiciones arancelarias específicas. Esto significa que dos empresas que pertenezcan a la misma industria podrían recibir un tratamiento diferente según el producto exacto que exporten.
Por ese motivo, antes de dar por hecho que una operación quedará alcanzada por el beneficio, las empresas deberían verificar:
- La posición NCM con la que registran sus exportaciones.
- Si esa posición figura en alguno de los anexos del Decreto 566/2026.
- Si corresponde la eliminación inmediata de la alícuota o una reducción gradual.
- La alícuota aplicable en cada etapa del cronograma previsto por la norma.
- El impacto que la medida podría tener sobre contratos de exportación ya firmados.
Se recomienda realizar esta revisión junto con el despachante de aduana o el área de comercio exterior de la empresa, ya que una misma familia de productos puede incluir posiciones arancelarias alcanzadas por el beneficio y otras que continúan bajo el régimen anterior.
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