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La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) formalizó un nuevo acuerdo paritario con las principales cámaras del sector —la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC)— que define los salarios de los trabajadores de la rama durante el tercer trimestre del año.
El convenio corresponde al segundo tramo de la paritaria anual 2026-2027 y establece incrementos porcentuales acumulativos mes a mes, más un pago extraordinario de carácter no remunerativo para junio y julio.
Paritarias UOCRA: los porcentajes de aumento, mes por mes
El esquema de recomposición salarial funciona de manera escalonada y cada ajuste toma como base el salario vigente del mes anterior:
- Junio : 2,1% sobre los básicos de mayo.
- Julio : 2% sobre los básicos de junio ya actualizados.
- Agosto : 1,9% sobre los básicos de julio, incorporando las sumas previas.
La acumulación de los tres tramos representa una suba total de aproximadamente 6,1% en el trimestre, aunque el impacto real sobre el bolsillo dependerá de la evolución de la inflación en el período, variable que la Comisión Especial de seguimiento tendrá en cuenta al reunirse el 20 de julio para evaluar lo que viene de cara a septiembre.
Cómo quedan las escalas en Zona A
Salarios básicos
| Categoría | Junio 2026 | Julio 2026 | Agosto 2026 |
|---|---|---|---|
| Oficial Especializado | $ 6.666 | $ 6.800 | $ 7.420 |
| Oficial | $ 5.703 | $ 5.817 | $ 6.348 |
| Medio Oficial | $ 5.270 | $ 5.375 | $ 5.866 |
| Ayudante | $ 4.851 | $ 4.948 | $ 5.399 |
| Sereno (mensual) | $ 881.193 | $ 898.817 | $ 980.858 |
Sumas extraordinarias no remunerativas (junio y julio)
Además del básico, los trabajadores percibirán un plus mensual que no se computa para aportes ni contribuciones:
| Categoría | Junio 2026 | Julio 2026 |
|---|---|---|
| Oficial Especializado | $ 63.300 | $ 72.900 |
| Oficial | $ 58.300 | $ 67.100 |
| Medio Oficial | $ 53.400 | $ 61.500 |
| Ayudante | $ 50.300 | $ 57.900 |
| Sereno | $ 50.300 | $ 57.900 |
Estas sumas se liquidarán en dos partes iguales: el 50% junto con la primera quincena y el 50% restante con la segunda quincena de cada mes.

Qué más establece el acuerdo
- Cláusula de absorción. Los empleadores que hayan otorgado aumentos voluntarios a cuenta desde mayo podrán compensarlos con los incrementos pactados en este acuerdo.
- Aporte solidario. Los trabajadores no afiliados al gremio deberán aportar el 2% de su salario en concepto de cuota solidaria. Las empresas, por su parte, realizarán una contribución equivalente para financiar acciones asistenciales del sindicato.
- Convenios alcanzados. Las condiciones rigen para el personal encuadrado en los CCT 76/75 y 577/10.
- Homologación pendiente. El expediente fue girado al Ministerio de Capital Humano y aguarda el trámite formal para tener plena vigencia legal.














