Oficial: por el hackeo, PAMI lanzó una nueva resolución para medicamentos y órdenes de atención
La obra social estatal convalidó la resolución de emergencia dispuesta ante el ciberataque afectó a miles de afiliados.
El Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) convalidó este martes la disposición de emergencia 1426 emitida días atrás ante el ciberataque que sufrió el sistema de emisión y autorización de recetas en todo el país.
A través de la Resolución 109 y tras la falla reportada a inicio de agosto que provocó el apagón masivo de todas las computadoras dependientes del circuito informático, la medida impactó también en la dispensa de medicamentos Oncológicos, para Tratamientos Especiales y Ambulatorios, Clozapinas y Diabetes, para todos los planes de cobertura y liquidación.
"Este Instituto realizó la denuncia penal correspondiente, la cual tramita por el N° 156331/2023 en la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos Cometidos en el ámbito de actuación del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y su Programa de Atención Médica Integral (UFI-PAMI)", repasó la normativa en un tramo del Considerando.
Alerta PAMI: ¿qué dice la resolución de emergencia para recetas y órdenes médicas?
Médicos de cabera
Según la disposición de PAMI, las y los médicos de emergencia deberán continuar brindando la atención normalmente, en los horarios declarados, debiendo registrar las atenciones brindadas y los datos de las personas afiliadas atendidas en la Historia Clínica.
Una vez reestablecido, se podrán emitir todas las OMEs de las consultas presenciales realizadas. Asimismo, se informa que se reconocerán todas las prácticas que se transmitan sin la validación presencial de la persona afiliada.
Estudios o derivaciones
Todas las solicitudes de prácticas o derivaciones que se deban solicitar a las personas afiliadas podrán confeccionarse manualmente. Las mismas serán válidas para la atención en los prestadores correspondientes.
"Se informa que, una vez reestablecidos los sistemas, las órdenes médicas de dichas prácticas no deberán ser transcriptas por las y los MDC", amplía el documento adjunto.
El anuncio de PAMI que todos los jubilados esperaban
Recetas médicas
De acuerdo a lo establecido en la Disposición DI-2023-1426-INSSJP-SPS#INSSJP, se establece que la prescripción con receta papel constituye una herramienta que permite continuar con la prescripción y dispensa de medicamentos, evitando también que ninguna persona afiliada pueda verse impedida de continuar con sus tratamientos médicos, se deberán realizar en formato manual (papel) y serán entregadas para ser presentadas en las farmacias de la Red PAMI.
En tanto, para la solicitud de insumos (pañales, ostomías, oxígeno, elementos de fisiatría), deberán utilizarse los formularios manuales, que serán entregados para que puedan ser presentados en la Agencia/UGL.
Órdenes para laboratorio
Las prestaciones capitadas de laboratorio ambulatorio para las personas asignadas en el prestador podrán brindarse normalmente, debiendo aceptarse tanto las OMEs como las órdenes manuales. "Una vez reestablecidos los sistemas, se podrán transmitir todas las prestaciones realizadas", detalla el texto.
Para el caso de pacientes extra cápita que sean derivados al prestador, los mismos deberán ser atendidos para la realización de las prácticas indicadas en la orden médica, y una vez reestablecidos los sistemas, se emitirán en la Agencia / UGL las órdenes de prestación (por rechazo, afiliado en tránsito o afiliado sin asignación, según corresponda) para que el prestador pueda transmitir las prácticas efectuadas.
Recetas ópticas de PAMI
Para la atención de personas que concurran con una OME emitida, se deberá realizar la atención el día del turno asignado. Una vez restablecido el sistema, se permitirá la transmisión de las prácticas.
Además, se reconocerán todas las prácticas que se transmitan sin la validación presencial de la persona afiliada.
"Para aquellas atenciones de personas afiliadas que se presenten con una orden médica manual (es decir, que no cuenten con OME emitida), se deberán acordar los turnos para brindar la atención que requiera la persona afiliada", sumaron.
Al momento de brindarse la atención, se deberá tener un registro de las mismas con los datos de las personas afiliadas atendidas y el tipo de elemento requerido.
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