Haberes

¿Hay aguinaldo para Potenciar Trabajo? La respuesta oficial del Ministerio de Desarrollo Social

Desde la cartera conducida por Victoria Tolosa Paz liquidará en junio el Salario Social Complementario con aumento del 6% correspondiente al quinto mes del año. ¿Qué pasa con el SAC? ¿Hay aguinaldo para Potenciar Trabajo?

En esta noticia

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación aún no definió el pago de un bono extraordinario en carácter de medio aguinaldo para las y los titulares del programa Potenciar Trabajo 2023.

Así lo señalaron fuentes de la cartera conducida por Victoria Tolosa Paz a El Cronista"No tenemos ninguna confirmación sobre el pago de un aguinaldo", subrayaron.

Desde junio, el pleno de las y los beneficiarios de Potenciar Trabajo accederán al Salario Social Complementario correspondiente a mayo con aumento del 6% devenido del tercer incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)

¿Cuánto cobra Potenciar Trabajo en junio 2023?


El Ministerio de Desarrollo Social liquidará el lunes 5 de junio el Salario Social Complementario de mayo 2023 para el conjunto de las y los titulares del programa Potenciar Trabajo.

El haber absorberá el tercer tramo de incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil en un 50%, lo que dejará una suma neta a cobrar de $ 42.243,84.

Cambia el calendario de pago ANSES por el feriado largo, ¿cómo queda y cuándo cobro?

Resultados Becas Manuel Belgrano: cómo saber si me aprobaron el pago y cómo reclamar si me rechazaron

¿Cuáles son los complementos confirmados para Potenciar Trabajo desde junio 2023?


Las y los titulares del programa Potenciar Trabajo del Ministerio de Desarrollo Social podrán sumar en junio a los montos de descuentos para las compras abonadas vía tarjeta de débito en comercios adheridos a la red Beneficios ANSES

El valor de la iniciativa se aplicará sobre el precio ofrecido al público en general y en todos los productos según el siguiente esquema: 

  • todos los lunes: un 10% de descuento con tope de $ 1000 por transacción,
  • el beneficio deberá ser soportado en un cien por ciento (100 %) por el comercio adherido y se instrumentará como reintegro al beneficiario en su cuenta bancaria.
Temas relacionados

Las más leídas de Economía y Política

Destacadas de hoy

Noticias de tu interés

Compartí tus comentarios

¿Querés dejar tu opinión? Registrate para comentar este artículo.