Ganancias, punto por punto: todo lo que cambia del impuesto y las dudas que persisten
El Gobierno logró los votos en la Cámara baja para la reversión de la reforma del impuesto, lo que implica un nuevo esquema de liquidación, tiempo de ajuste y cálculo de la base imponible. Su entrada en vigencia con el fin del régimen cedular.
Luego de más de seis meses de discusión intermitente y el rechazo en el Senado, la Cámara de Diputados revirtió la situación: aprobó la reversión de la reforma de Ganancias. Los cambios que implican y las dudas que aún persisten.
El Gobierno logró su objetivo, con negociaciones de por medio encabezadas por el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, por X votos a favor y X en contra, se aprobó la propuesta que obtuvo, en mayo pasado, media sanción en la Cámara baja.
Lo que implica el fin del régimen cedular que impulsó el exministro de Economía y candidato a presidente por Unión por la Patria (UP), Sergio Massa, y que el Congreso aprobó -Ley 27.725- con el voto del entonces diputado, Javier Milei.
Así, el piso de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) que se encuentra vigente desde el pasado 1º de enero de 2024 (al valor de referencia del de diciembre $ 153.333) ya no lo estará y se volverá al esquema anterior de liquidación.
A los valores del proyecto que se sancionó, por la aplicación del Mínimo No Imponible (MNI) y las deducciones, pasarán a pagar el impuesto los asalariados solteros desde $ 1,8 millones y los casados con dos hijos a partir de $ 2,3 millones (ambos brutos).
Que de forma excepcional para el periodo fiscal 2024, se ajustarán en el septiembre por el acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el mes de junio a agosto, inclusive. En donde, las consultoras privadas que participaron del Relevamiento de Expectativas Macroeconómicas (REM) de mayo del Banco Central de la República Argentina (BCRA) proyectan que se formará una meseta en torno al 5%.
Mientras que, en 2025, el segundo año de mandato de La Libertad Avanza (LLA), los ajustes se realizarán de forma semestral en enero y julio por el acumulado de inflación que reporte el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
A su vez, quedaron sin vigencia los dictámenes de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI) que beneficiaban a ciertos gremios. "Todo pago recibido por cualquier concepto relacionado con su trabajo personal en relación de dependencia (sea pagado por su empleado o por un tercero) (...) integrará la base imponible del impuesto", estipularon.
La jugada de AFIP
En la previa del debate, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se adelantó y tomó una medida clave por si Diputados rechazaba la reversión de la reforma: la postergación del plazo del "Formulario 572 Siradig-Trabajador" hasta el 15 de julio, inclusive a los fines de evitar deudas a los contribuyentes por los decretos de Massa.
"Se realiza en beneficio de los trabajadores, ya que el paquete fiscal (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) que se encuentra en trámite parlamentario, introduce una serie de beneficios que resultan aplicables a la liquidación del impuesto a las Ganancias del año pasado", destacaron en el comunicado.
Las dudas que persisten
Y si bien, en la redacción se estableció que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, en caso de que no se haga este viernes seguirá vigente la Ley 27.725, con el piso de 15 SMVM que se deberá actualizarse al valor que esté vigente.
El SMVM será el que fijó el Gobierno para mayo de $ 234.315,12, que da un nuevo piso de $ 3,5 millones, sobre el cual se deberán recalcular las retenciones que se le hicieron de más a los empleados durante el primer semestre de este año. Es en ese punto en donde aún persisten las dudas sobre cómo la AFIP lo computará: si mediante la devolución del dinero o lo contemplará para la segunda mitad del año.
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