En un nuevo capítulo de la Batalla Cultural de los libertarios, el presidente Javier Milei publicó este jueves en el Boletín Oficial un DNU que habilita expulsión de los extranjeros que dirigieren mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino. “Un éxito rotundo”, calificaron fuentes allegadas a la elaboración del texto, que fue recibido con escepticismo por parte del Congreso.

Quien atente a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, sostiene el comunicado oficial que difundió a la madrugada la Oficina del Presidente (OPRA), el organismo comunicacional que responde al asesor Santiago Caputo, uno de los artífices del DNU 681/26. Es la segunda vez que el Gobierno modifica la ley de Migraciones por esta vía, tal como detalló este medio.

La idea de impulsar esta medida fue motivada por la “campaña antiargentina” que se escaló durante el Mundial 2026, con pronunciaciones incluso por parte de figuras públicas tanto del mundo del espectáculo como de la política. Entre ellos, el actor norteamericano Samuel Jackson, y la legisladora demócrata, Jasmine Crockett, que acusaron a la Argentina de ser racista. Milei incluso acusó al presidente de Brasil, Lula da Silva, de financiar esta escalada.

Según pudo reconstruir El Cronista, la idea de llevar adelante este DNU fue del Presidente: “La idea fue 100% de él, y la cerró con Santiago”, sostuvieron allegados a la conversación. Además, precisaron que el Presidente intercambió palabras con el legislador bonaerense Agustín Romo, quien tuvo el primer gesto en esta sintonía con un proyecto para arancelar la salud y la educación pública a extranjeros en la provincia.

Esto último, por ahora, está descartado a nivel nacional, pese a que el subsecretario de políticas universitarias, Alejandro Álvarez, estuvo activo durante los últimos días en crítica de la cantidad de extranjeros que utilizan las instituciones educativas del Estado y les “roban” carreras a los argentinos. El tema, en realidad, ya fue abordado y habilitado a nivel nacional mediante el DNU que publicaron en mayo del 2025.

Santiago Caputo junto a Javier Milei
Santiago Caputo junto a Javier Milei

“Confiamos en que la Corte declare pronto la constitucionalidad”, dijeron las fuentes. El decreto fue judicializado y la Procuración del Tesoro presentó un recurso extraordinario federal, por lo que ahora está en manos del Supremo.

En definitiva, esta maniobra del Gobierno corresponde más bien a la intención de instalar la agenda y aprovechar la oleada mediática contra Argentina para protagonizar, otra vez, el debate público sobre un tema que el oficialismo cree que tiene alto consenso de la población. “El comunicado sobre el decreto de expulsión de extranjeros anti-Argentina es, por estas horas, la publicación más likeada y compartida de la historia de la cuenta de OPRA en Instagram, y la segunda más likeada en Twitter”, destacaron fuentes.

Los comunicados con mayor aprobación digital, hasta ahora, rondaban entre los 40 mil likes. Los regulares, 10 mil y 13 mil. “Este va 118 mil en Instagram y 57 en Twitter. Un éxito rotundo”, celebraron desde el núcleo duro libertario.

Sobre la aplicación del decreto, en el Gobierno solo dejaron entrever que la dirección de Migraciones, a cargo del ministerio de Seguridad que comanda Alejandra Monteoliva, “ya está trabajando en los procesos de control y ejecuciones de la medida”. No se descarta que en los próximos días aparezcan casos de detección.

Pese a ganar en el debate público, la normativa no fue tan bien recibida por parte de los legisladores. “¿Qué es mensaje de odio? No es lo mismo que discurso de odio. ¿Verbales o escritas en donde? ¿Insultar a un Presidente de otro país podría serlo? No es lo mismo prohibir el ingreso al país (ley migratoria) que expulsar o prohibir la permanencia por la comisión del delito de discriminación por mensajes de odio (ley penal). Los delitos los regula el código penal, entonces ¿cómo tipificamos los mensajes de odio? Por DNU no se puede“, cuestionó la diputada radical Karina Banfi.

“El Presidente, una vez más, se coloca por encima del Congreso para modificar la Ley de Migraciones incorporando causales de permanencia y expulsión del país, vinculadas a cuestiones de naturaleza penal, algunas que ni siquiera tienen un tipo penal previsto en nuestro ordenamiento. ¿Quién y como va a aplicar esas causales?, ¿cómo se determinará que una persona incurrió en supuestos tan ambiguos como el “mensaje de odio” hacia el país o nuestra población?, sumó en esta línea el diputado de la Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro.

Incluso se pronunció Esteban Bullrich, el exministro de Educación quien hizo su defensa pública sobre la Argentina frente a las acusaciones del actor Samuel Jackson. “El Presidente libertario, el faro de la libertad de occidente, firmando un decreto para echar o no permitir la entrada al país de personas por sus opiniones en contra de la Argentina, es la estupidez más grande del 2026“, opinó en redes.

El DNU, por su parte, se fundamenta en la urgencia de salvaguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social frente a un aumento considerable de mensajes de odio y hostilidad contra el pueblo argentino y su identidad. En sus considerandos, el Poder Ejecutivo reconoce la tradición de hospitalidad amparada en el Preámbulo y en los artículos 20 y 25 de la Constitución Nacional; sin embargo, reafirma la soberanía inalienable del Estado para fijar condiciones de admisión y expulsión de extranjeros, citando para ello jurisprudencia histórica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (Fallos: 164:344).

Para fundamentar legalmente las restricciones sin que sean consideradas actos de censura, el Gobierno se ampara en la Ley Antidiscriminatoria N° 23.592, que castiga expresamente las conductas determinadas por motivos de nacionalidad. En el plano del derecho internacional, la medida se sostiene en el artículo 13, inciso 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual obliga a los Estados a prohibir mediante la ley toda apología del odio nacional que constituya una incitación a la violencia.

De este modo, el decreto argumenta que la nueva normativa es concordante con la limitación a la libertad de expresión estipulada en el artículo 13.2 de dicho Pacto de San José de Costa Rica, y que no vulnera el derecho a la libre expresión garantizado por el artículo 14 de la Constitución Nacional.

En cuanto a sus alcances concretos, la medida modifica de manera sustancial la Ley de Migraciones N° 25.871 para endurecer el accionar del Estado. En primer lugar, incorpora el inciso m) al artículo 29 de dicha ley migratoria. Esta modificación prohíbe el ingreso al territorio nacional de cualquier extranjero que haya emitido mensajes de odio, incitado a la violencia contra los argentinos por su nacionalidad, o que haya participado o incitado al ultraje de símbolos patrios nacionales.

En segundo lugar, el decreto suma el inciso h) al artículo 62 de la Ley N° 25.871, lo que habilita formalmente al Estado a cancelar la residencia de los extranjeros que ya se encuentren habitando en el país y cometan estas mismas infracciones. El impacto final de esta decisión se consolida en el artículo 3° del DNU, que sustituye el inciso c) del artículo 63 de la ley migratoria: allí se determina que la cancelación de la residencia conllevará la intimación formal para hacer abandono del país o la expulsión directa del territorio, dependiendo de las circunstancias fácticas y personales del interesado.

Para trazar un límite frente a posibles abusos, la nueva redacción deja explícitamente establecido que en ningún caso estas sanciones podrán aplicarse a expresiones de disenso ideológico ni a críticas políticas, ciudadanas o académicas, resguardando el ejercicio legítimo de los derechos constitucionales.