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La discusión sobre la cantidad de estudiantes extranjeros en las universidades públicas argentinas volvió a escalar esta semana, con datos contrapuestos entre el Gobierno nacional y las autoridades de la Universidad de Buenos Aires. El cruce reabrió, además, la pregunta de fondo: si el DNU que habilita cobrarles a esos alumnos sigue vigente después de que la Justicia anulara una parte central de esa norma.

La discusión sobre las cifras de cuántos extranjeros estudian en las universidades argentinas no es un hecho aislado, ya que forma parte de la batalla cultural que el presidente Javier Milei buscó dar desde su campaña presidencial y se reavivó en las últimas semanas por la “campaña anti-argentina” que se desencadenó por el Mundial 2026. En aprovechamiento de esta oleada, el legislador de La Libertad Avanza Agustín Romo presentó en la legislatura bonaerense un proyecto en este sentido.

La iniciativa ya corrió a nivel nacional. El mayo del 2025, el Gobierno publicó un decreto que modificó la Ley de Migraciones y otras normas vinculadas para volver más exigentes las fronteras, endurecer los requisitos para acceder a una residencia e incluyó, entre los cambios, la eliminación de la gratuidad obligatoria de la salud pública y educación universitaria estatal a los extranjeros.

En su momento se trató de una maniobra que buscaban instalar el debate público al respecto, pero para ese entonces el oficialismo no tuvo el control de la agenda parlamentaria para hacerlo. Por caso, en La Libertad Avanza había intención de que el DNU se trate en el Congreso y se blinde, así, para darle fuerza de ley. No prosperó nunca y el tema terminó judicializado.

Capital Humano

“El verdadero problema que tenemos con los estudiantes extranjeros es con aquellos que MIENTEN para aprovecharse de nuestras leyes. Dicen que van a tener una residencia PERMANENTE en el país, cuando en realidad solo tienen la intención de robarse una carrera universitaria y volver a su país”, sostuvo el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Alvarez, una de las espadas de Sandra Pettovello en Capital Humano.

¿El DNU sigue vigente?

El DNU 366/2025 estableció tres categorías de residencia -permanente, temporaria y transitoria- y una figura de “residencia precaria” de hasta 90 días, prorrogable, que permite trabajar y estudiar mientras se resuelve un trámite, pero que no computa como prueba de arraigo ni genera derecho automático a la radicación definitiva. También reforzó las causales de expulsión para extranjeros con antecedentes penales y acortó los plazos procesales para las deportaciones.

En materia de salud y educación, el decreto mantuvo la gratuidad de la educación inicial, primaria y secundaria para cualquier extranjero, incluso en situación migratoria irregular. Pero limitó la gratuidad de la salud pública y de la educación universitaria estatal a los argentinos y a los extranjeros con residencia permanente, y dejó en manos de cada universidad y de cada institución sanitaria la decisión de cobrar aranceles al resto, salvo en casos de emergencia o cuando medien convenios internacionales.

Uno de los puntos más resistidos del decreto fue el traspaso de la facultad de otorgar la ciudadanía argentina por naturalización desde los jueces federales -que ejercían esa competencia desde 1869- hacia la Dirección Nacional de Migraciones. La Cámara Nacional Electoral anuló ese punto del decreto al considerar que fue dictado en exceso de las atribuciones que la Constitución confiere al Poder Ejecutivo. El tribunal sostuvo que, como la ciudadanía involucra el otorgamiento de derechos políticos, la norma anulada regula aspectos que alteran cuestiones electorales vedadas al Ejecutivo.

El fallo se apoyó en que el artículo 99, inciso 3° de la Constitución, que prohíbe expresamente dictar decretos de necesidad y urgencia en materia electoral, bajo pena de nulidad absoluta, y en que no existían razones de urgencia excepcional que impidieran seguir el trámite legislativo ordinario.

La resolución, firmada por los jueces Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, se originó en la apelación de un comerciante chino radicado en Entre Ríos, a quien un juzgado federal le había rechazado la ciudadanía. La Cámara resolvió declarar la nulidad del decreto en ese punto, revocar el rechazo y otorgarle la ciudadanía, además de instruir al Ministerio de Seguridad y a los jueces federales electorales de todo el país sobre el criterio unificado.

Fuentes de la Procuración del Tesoro consultadas por este medio confirmaron que el fallo fue apelado directamente a la Corte Suprema a través de un recurso extraordinario federal. “Por ahora no está frenado, tanto que el recurso suspende la ejecución de la sentencia, según nuestra interpretación”, señalaron. Desde el Ministerio de Capital Humano ratifican esa postura y sostienen que el decreto sigue vigente en su totalidad, y que la falta de cobro a los estudiantes extranjeros responde a una decisión de cada universidad y no a un impedimento legal. “Las universidades no cobran porque no quieren”, insistieron las mismas fuentes.

Capital Humano

En el entorno del subsecretario Álvarez plantean, además, que la discusión de fondo debería resolverse por otra vía. “Hay que cambiar la ley”, sostuvo, en referencia a la necesidad de convertir en ley del Congreso lo que hoy está regulado por decreto, para evitar que la validez de la medida quede sujeta al resultado de cada apelación judicial.

¿Por qué las universidades se resisten a implementar esta política? Los argumentos que priman es que el ingreso económico sería marginal frente al presupuesto universitario; que el gasto que cada estudiante extranjero deja en la economía local suele superar lo que se le podría cobrar de arancel; y que el turismo académico, lejos de crecer, viene en baja en los últimos años. También plantean una objeción legal de fondo: sostienen que el DNU tiene “dudosa legitimidad” porque modifica dos leyes vigentes -Educación y Migraciones- por decreto, y que cualquier universidad que intente cobrar terminaría perdiendo en la Justicia, porque un DNU no está por encima de una ley.

El dato oficial

Álvarez difundió un informe elaborado por su área con datos que, según indicó, fueron proporcionados por las propias universidades. Según ese informe, tomando a los alumnos regulares -quienes aprobaron dos o más materias durante el año- de la carrera de Medicina, el porcentaje de estudiantes extranjeros llega al 56% en la Universidad de Buenos Aires y al 48% en la Universidad Nacional de La Plata.

El cuadro oficial, que forma parte del Anuario 2024 del sistema universitario argentino elaborado por la Dirección de Recursos Humanos Universitarios -el último disponible-, detalla la situación institución por institución. En la UBA, sobre un total de 41.957 estudiantes de Medicina, 16.462 son extranjeros (39%); entre los 19.090 alumnos regulares, 10.782 son extranjeros (56%).

En la UNLP, de 15.920 estudiantes totales, 8.043 son extranjeros (51%), y entre los 6.055 regulares, 2.886 lo son (48%). En la Universidad Nacional de Rosario, la proporción de extranjeros entre los regulares llega al 53%. En cambio, en universidades como Mar del Plata, Comahue, La Matanza o La Rioja, el porcentaje de extranjeros entre los regulares no supera el 16%.

El mismo anuario muestra que la cantidad total de estudiantes extranjeros de pregrado y grado en el sistema universitario argentino pasó de 51.714 en 2015 a 110.906 en 2024, con una tasa de crecimiento promedio anual del 8,8%. El crecimiento fue más pronunciado en el sector estatal, que pasó de 35.202 a 84.110 estudiantes extranjeros en el período (10,2% anual), que en el privado, que creció del 16.512 a 26.796 (5,5% anual).

Por área de estudio, Ciencias de la Salud concentra a 57.290 de esos estudiantes extranjeros en 2024, muy por encima de Ciencias Aplicadas (20.228), Ciencias Sociales (19.599), Ciencias Humanas (12.159) y Ciencias Básicas (1.342).

El número de la UBA

El vicerrector de la UBA, Emiliano Yacobitti, salió a contradecir esos números a través de su cuenta de la red social X. Según explicó, de los más de 70.000 ingresantes a la universidad en 2026, los extranjeros con residencia temporal, transitoria o precaria representan solo el 2,5% del total, y en la Facultad de Medicina esa proporción llega al 6,1%. En Odontología, agregó, el porcentaje es del 4,1%, en Ingeniería del 2,7% y en el resto de las facultades no supera el 2%.

Yacobitti remarcó además que, desde 2022, la UBA exige a los aspirantes de países no hispanohablantes acreditar un nivel C1 de español, equivalente al de un hablante nativo, tanto en comprensión como en producción oral y escrita. El vicerrector de la UCR, quien mantuvo una relación de fuertes cruces con el Gobierno nacional desde que asumió Milei, ofreció reunirse con el Gobierno nacional para analizar los datos en conjunto.

La brecha entre ambas cifras responde a que miden universos distintos. El dato de Yacobitti corresponde a los ingresantes de 2026 de toda la UBA, y define como extranjero solo a quien tiene una residencia temporal, transitoria o precaria -una categoría acotada dentro del total de estudiantes de otra nacionalidad-. El dato de Álvarez, en cambio, corresponde a los alumnos regulares de la carrera de Medicina en particular, y computa como extranjero a cualquier estudiante de otra nacionalidad, sin distinguir su situación migratoria.

Consultado sobre esa diferencia en una entrevista televisiva en A24, Álvarez sostuvo que Yacobitti “toma un dato muy grande para minimizar el fenómeno”, al incluir en la cifra de ingresantes a todos los inscriptos en el Ciclo Básico Común, “una masa que se anotan y después no cursan”, y que hay “una intencionalidad de ocultar este problema”. El funcionario insistió en que, si se toma como universo a los estudiantes extranjeros regulares -los que aprobaron al menos dos materias en el último año-, el porcentaje “nos da arriba del 40%”.