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El Gobierno introdujo una modificación clave para las empresas que ya habían comprometido inversiones productivas dentro del régimen de promoción industrial de Tierra del Fuego y que quedaron alcanzadas por un cambio previo en las reglas de financiamiento.

A través de la Resolución 152/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Secretaría de Industria y Comercio habilitó la posibilidad de reformular proyectos de inversión ya aprobados, permitiendo modificar montos y plazos de ejecución sin perder los beneficios del régimen.

La decisión llega cinco meses después de que el propio Gobierno redujera a cero el aporte mensual obligatorio que las empresas debían realizar al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina).

Esa modificación (Resolución 20/2026) había dejado a varias compañías con proyectos de inversión aprobados bajo un esquema financiero que ya no existía. Bajo aquél régimen, las empresas debían aportar obligatoriamente un 15% del beneficio obtenido por la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en sus ventas.

La derogación era un pedido del sector industrial (representado por la UIF y AFARTE) había reclamado que las medidas de desregulación económica y la baja de aranceles a bienes terminados importados les habían provocado una “pérdida crítica de competitividad”.

La nueva norma busca resolver ese descalce: las empresas seguirán obligadas a cumplir los proyectos comprometidos, pero ahora podrán adecuarlos a las nuevas condiciones de mercado.

Qué cambia ahora

Hasta ahora, las empresas que habían obtenido la aprobación de proyectos propios de inversión debían ejecutarlos estrictamente bajo las condiciones originales con las que habían sido autorizados.

La nueva resolución incorpora una herramienta de flexibilidad: podrán solicitar modificaciones en los montos comprometidos y en los plazos de ejecución originalmente aprobados.

Sin embargo, la posibilidad de adecuación tiene límites claros: las modificaciones no podrán afectar a los montos que ya se encontraren retenidos ni alterar el objetivo del proyecto. Las iniciativas deberán seguir orientadas a ampliar la matriz productiva y mejorar la competitividad local.

Qué empresas pueden modificar sus proyectos

La medida alcanza a las empresas industriales adheridas al régimen de la Ley 19.640 y el Decreto 727/2021 que cuenten con proyectos de inversión productivos propios aprobados por el Comité Ejecutivo del “FAMP-Fueguina”.

Se trata de compañías que habían decidido aplicar hasta el 40% de su aporte mensual obligatorio para financiar inversiones propias dentro de sus plantas.

Al pasar ese aporte a cero en enero pasado, los flujos y planes financieros de estos proyectos quedaron desactualizados, haciendo urgente esta readecuación.

Cómo solicitar la modificación

Las empresas tendrán un plazo de 30 días hábiles (contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial) para presentar la solicitud de adecuación.

El trámite deberá realizarse formalmente ante el Comité Ejecutivo del FAMP-Fueguina, que será el encargado de evaluar y aprobar —o rechazar— las modificaciones en montos y cronogramas propuestas por los privados.

La letra chica: plazos y penalidades

La resolución también fija un límite estricto para el uso de los fondos asignados: el plazo total de ejecución de las inversiones no podrá exceder los 48 meses desde la aprobación original del proyecto.

Si al vencimiento de ese plazo las empresas no hubieran invertido las sumas retenidas, deberán integrar esos fondos al FAMP-Fueguina junto con los intereses correspondientes (calculados bajo la tasa activa para cartera general de préstamos del Banco Nación).

Para realizar este pago, las firmas tendrán apenas 10 días hábiles administrativos desde que el Comité les notifique la liquidación.

Por último, el Gobierno estableció una fuerte advertencia: si una empresa no presenta la solicitud de adecuación dentro de los 30 días previstos, o si el Comité Ejecutivo rechaza el cambio, seguirán plenamente vigentes los compromisos originales.

En ese caso, la empresa estará obligada a ejecutar el proyecto exactamente en las condiciones en las que fue aprobado inicialmente.