Nueva moratoria fiscal: cómo anotarse, cuáles son los planes de pago y qué beneficios tienen
El Senado aprobó por unanimidad la creación de un nuevo régimen destinado a aquellos que adeudan obligaciones tributarias, aduaneras y de Seguridad Social. Cómo funciona.
Con 72 votos a favor y ninguno en contra, el Senado aprobó esta semana la nueva moratoria destinada a aquellos que adeudan impuestos y aportes a la seguridad social.
La iniciativa aprobada por unanimidad, y que forma parte del denominado paquete fiscal, crea el Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social con el fin de lograr el pago voluntario de las obligaciones.
A su vez, prevé distintos beneficios según la modalidad de la adhesión y el tipo de deuda que registren quienes se acojan al régimen.
Cómo es la nueva moratoria fiscal que arranca en junio
El articulado aprobado por la Cámara Alta habilita a ingresar a la moratoria a quienes tengan deudas hasta el 31 de marzo de 2024 e infracciones cometidas hasta dicha fecha relacionadas o no con aquellas obligaciones.
Los contribuyentes o responsables de esas obligaciones tendrán hasta 150 días corridos desde la entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder registrarse.
Además, contarán con la posibilidad de seleccionar entre cinco planes de pago con diferentes condonaciones, según la fecha y la forma de pago. En ese sentido, quienes se acojan en los primeros días tendrán mayores beneficios.
Nueva moratoria fiscal: cómo son los planes de pago y qué beneficios tienen
Así, aquellos que lo hagan durante los primeros 30 días de corrido tendrán un "perdón" del 70% de los intereses resarcitorios y punitorios devengados a la fecha de adhesión al régimen, siempre que se cancele la totalidad de la deuda al contado o en un plan de hasta tres cuotas.
Mientras que para quienes lo hagan entre los 31 y 60 días de corrido, el porcentaje se reducirá al 60%; y entre los 61 y 90 días al 50% siempre bajo las mismas dos anteriores mencionadas modalidades de pago, una de las cuales aún no se conoce la letra chica.
Pero también habría dos opciones adicionales con condonaciones menores: dentro de los 90 días de corrido tendrían el 40% y desde esa fecha en adelante el 20% aunque con la única de opción de regularizarlo por medio de un plan de AFIP.
Para el caso de estos dos últimos, las personas humanas (excepto pequeños contribuyentes) deberían ingresar un pago equivalente del 20% de la deuda y el saldo resultante hasta en 60 cuotas mensuales; las micro y pequeñas empresas, el 15% y el resto, en hasta 84; las medianas, el 20% y hasta 48; y el resto de los contribuyentes, el 25% y hasta 36.
En todos los casos, se le sumará el interés de financiación que se fije con base en la tasa de Banco de la Nación Argentina, especifica el texto oficial.
¿Qué se podrá incluir en la nueva moratoria fiscal?
- Obligaciones fiscales vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, incluidos los planes de facilidades de pago respecto de los cuales haya operado o no la correspondiente caducidad a dicha fecha;
- Toda obligación fiscal que no se encuentre expresamente excluida por la ley.
- Las multas por infracciones previstas en la ley 22.415 (Código Aduanero).
- Se podrán incluir obligaciones que se encuentren en curso de discusión administrativa (incluye causas ante el Tribunal Fiscal de la Nación) o contencioso administrativa (incluye cualquier causa en trámite).
- El denominado Aporte Solidario sancionado durante la pandemia.
- Obligaciones de los agentes de retención y percepción que hubieran omitido retener o percibir
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