La Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) introdujo una serie de modificaciones para aplicar la exclusión de cuentas del régimen de retención de Ingresos Brutos sobre los importes acreditados en cuentas abiertas en entidades bancarias.
“Simplificamos y corregimos distorsiones en Ingresos Brutos. Las inmobiliarias que administran fondos de terceros podrán utilizar cuentas excluidas de retenciones, evitando percepciones indebidas y facilitando el pago de alquileres por transferencia”, señaló Cristian Girard, titular del organismo, en su cuenta de X.
La publicación se dio en el marco de una reunión con Luis Colao, presidente del Colegio de Martilleros de la provincia de Buenos Aires, en la cual se acordó seguir trabajando en conjunto para agilizar trámites y regularizar el catastro bonaerense.
Simplificamos y corregimos distorsiones en Ingresos Brutos. Las inmobiliarias que administran fondos de terceros podrán utilizar cuentas excluidas de retenciones, evitando percepciones indebidas y facilitando el pago de alquileres por transferencia. pic.twitter.com/N3wCByorqv
— Cristian Girard (@cristiangirard) June 16, 2026
Ante esa publicación, El Cronista consultó los detalles de la medida. Desde el organismo explicaron que, a partir de las gestiones realizadas por el sector inmobiliario, decidieron abordar la problemática de los saldos a favor —retenciones anticipadas— generados por el manejo de fondos de terceros en cuentas bancarias propias.
Son inmobiliarias que gestionan dinero de sus clientes para cumplir una operación o administrar una propiedad.
En primer lugar, ARBA gestionó con el Banco Provincia el desarrollo de un producto bancario específico para facilitar la bancarización de estas operaciones. “Hay desarrollos que tienen que hacer las demás entidades bancarias para avanzar”, consignaron.
En ese sentido, la Resolución Normativa 1/2026 estableció una exclusión del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias para los depósitos en dichas cuentas especiales. Estas quedarán limitadas exclusivamente a realizar transferencias hacia otras cuentas del sistema financiero.
“Se previó que ARBA publicará una nómina de contribuyentes que realicen actividades con problemáticas análogas a las de los martilleros”, agregaron desde el organismo.
En tanto, mediante la Resolución Normativa 10/2026, cuya aplicación se dispuso a partir del 1° de marzo, se definieron los requisitos para que los agentes de recaudación del régimen soliciten la autorización correspondiente, a fin de poder aplicar la exclusión introducida en la norma respecto de las cuentas ofrecidas a sus clientes.
Un aspecto no menor es que la norma determinó que, ante cualquier retención indebida o error por parte de las instituciones bancarias, los reclamos deberán ser tramitados y resueltos directamente por la misma entidad financiera que efectuó la retención.
Otras medidas que adoptó ARBA para reducir los saldos a favor
Recientemente, ARBA también lanzó medidas para la industria y las pymes, con el objetivo de reducir el impacto que generan los saldos a favor sobre las cadenas productivas.
“Riesgo 0/SAF 0″ es el régimen que diseñó el fisco local para evitar la acumulación de capital inmovilizado en Ingresos Brutos. En ese marco, se realizaron ajustes automáticos cuando los adelantos superan el impuesto real, evitando nuevos saldos a favor y distorsiones financieras.
“El último paso fue crear el régimen. Las empresas que soliciten ingresar y que tengan calificación de riesgo 0, 1 o 2 —básicamente, que tengan todas las declaraciones juradas presentadas y que no tengan deudas ni juicios con el fisco— acceden al beneficio de alícuota 0,01 en SIRCREB y en SIRCUPA. De esa manera les garantizamos que no van a acumular SAF", explicó Girard en una entrevista exclusiva con El Cronista a comienzos de mayo.

La acumulación de estos saldos genera dolores de cabeza en el sector empresario, que todos los meses debe presentar una declaración jurada —ventas, base imponible, alícuota e impuesto a pagar— y lidiar con los regímenes de recaudación por anticipado, como SIRCREB, retenciones generales, percepciones y SIRCUPA.
Por lo tanto, si las retenciones que se aplican sobre los contribuyentes son mayores que el impuesto a pagar, se acumula un saldo a favor. En otras palabras, esto ocurre cuando los pagos a cuenta terminan superando ampliamente el impuesto determinado.
“Cuando llegamos había tres meses de stock de saldos a favor; hoy estamos por debajo de los 0,9 meses. Bajamos más de dos meses de stock. Devolvimos un billón de pesos al sector privado en concepto de capital de trabajo y redujimos la presión de los regímenes", sostuvo el titular de ARBA.
¡Queremos conocerte!
Registrate sin cargo en El Cronista para una experiencia a tu medida.


















