Adiós a las multas del SAT: habrá descuentos del 100% y millones de contribuyentes serán beneficiados
El SAT eliminará el pago de una multa a los contribuyentes que cumplan con ciertos requisitos. Se trata de un beneficio fiscal que impactará en la economía de millones de mexicanos.
Recientemente se confirmó una excelente noticia para los contribuyentes de México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que en enero eliminará por completo las multas y recargos para ciertos casos, lo que beneficiará a millones de personas en todo el país.
En detalle, el organismo fiscal informó sobre la implementación de un programa de regularización fiscal para este año. Este beneficio está dirigido a personas físicas y morales con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos, permitiéndoles la condonación total de multas y recargos.
Checa los detalles de esta iniciativa y evita inconvenientes con las autoridades mexicanas. Ten en cuenta las condiciones impuestas para gozar de este beneficio económico.
Fin de las transacciones con dinero en efectivo: así serán las operaciones desde ahora, según el SAT
¿Cuáles son los requisitos para acceder a los descuentos del SAT?
Según el SAT, este beneficio aplica a contribuciones propias, retenidas, trasladadas, de comercio exterior y cuotas compensatorias correspondientes a los ejercicios fiscales 2023 y anteriores.
En tanto, los contribuyentes deben cumplir con ciertos requisitos, tales como:
- No haber recibido condonaciones en los programas generalizados de 2000, 2007 o 2013.
- No contar con una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
- No estar incluidos en los listados definitivos relacionados con los artículos 69-B o 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Cabe destacar que este programa busca incentivar la regularización fiscal y ofrecer un alivio económico a los contribuyentes en regla.
¿Cómo evitar una multa del SAT?
Para que sea posible aplicar la condonación del 100% de multas y recargos, las personas físicas o morales deben cumplir con ciertos criterios. Estos corresponden a contribuyentes con pagos omitidos actualizados, sujetos a facultades de comprobación, con créditos fiscales en pago a plazos, o con créditos fiscales firmes.
A continuación, las características de cada caso:
Contribuyentes con contribuciones omitidas actualizadas
Podrán acceder al beneficio solicitando una línea de captura mediante un caso de aclaración en el sitio web del SAT y realizando el pago en una sola exhibición. También tienen la opción de acudir presencialmente a las oficinas o de forma presencial a través de la Oficina Virtual.
Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación
Podrán solicitar el beneficio siempre que regularicen las irregularidades detectadas y se autocorrijan dentro del plazo indicado por el procedimiento correspondiente. Este beneficio estará disponible antes de recibir la resolución que determine las contribuciones omitidas.
Contribuyentes con créditos fiscales en pago a plazos
Si al 1 de enero de 2025 mantuvieron un saldo pendiente de pago, podrán acceder al estímulo pagando en una sola exhibición el saldo actualizado de las contribuciones omitidas. Tras analizar la solicitud, la autoridad emitirá la línea de captura necesaria para completar el pago.
Contribuyentes con créditos fiscales firmes
Aquellos con créditos no impugnados o que renuncien al medio de defensa podrán solicitar el beneficio mediante un caso de aclaración. El pago podrá realizarse en hasta seis parcialidades, siempre que no se encuentren en concurso mercantil ni hayan sido declarados en quiebra.
Es fundamental realizar los pagos dentro del plazo de vencimiento indicado en cada línea de captura; de lo contrario, el descuento perderá efecto, y la autoridad exigirá el pago completo de las cantidades pendientes.
Al presentar la solicitud, se suspenderá el procedimiento administrativo de ejecución y se interrumpirá el plazo de prescripción sin la necesidad de garantizar el interés fiscal.
Confirmado: el Gobierno negará la pensión a quienes no entreguen este trámite obligatorio en febrero
¿Cómo es el trámite para no pagar las multas del SAT?
El SAT aclara que al presentar la solicitud se detendrá cualquier procedimiento administrativo de ejecución, sin requerir la garantía del interés fiscal, e interrumpirá el término de prescripción.
Además, este estímulo no se considerará ingreso acumulable para efectos del ISR y no generará devoluciones, deducciones, compensaciones, acreditamientos ni saldos a favor.