

En esta noticia
La resolución emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, modifica las normativas relacionadas con el traslado de ganado en el territorio mexicano. El Tribunal Pleno ha establecido que ciertos permisos estatales ya no son necesarios. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, expresó el máximo órgano judicial en su dictamen.
Este fallo fue resultado de la Controversia Constitucional 216/2025, analizada durante una sesión del Pleno el 10 de marzo de 2026. En su dictamen, la Suprema Corte puntualizó que ciertos requerimientos vigentes en el estado de Nayarit infringían facultades federales, por lo que se determina que su aplicación será considerada nula.
En el comunicado oficial correspondiente, la Suprema Corte clarificó que algunas disposiciones a nivel estatal estaban concebidas para regular el movimiento de ganado a través de autorizaciones locales.

En la práctica, imponían un sistema estatal de autorización previa para movilizar ganado, resolvió el tribunal, lo que contraviene las competencias previstas en la Constitución mexicana.

La Suprema Corte avala títulos de propiedad, no así los controles estatales
El fallo hace una clara diferenciación entre los documentos que acreditan la propiedad del ganado y aquellos que actúan como permisos requeridos para su traslado. Los ministros dieron validez a ciertos aspectos de la Ley Ganadera de Nayarit que proporciona instrumentos administrativos destinados a demostrar la posesión o transmisión de animales.
“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, señaló la Corte al justificar la validez de esos registros.
Según el comunicado, estos mecanismos son sostenibles porque no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.
Anulan los permisos estatales para movilizar ganado
La Suprema Corte subrayó que ese tipo de controles corresponden al ámbito federal, especialmente en materia sanitaria.

“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en materia de salubridad general”, concluyó el tribunal, dejando claro que los estados no pueden imponer autorizaciones previas para la movilización de ganado.
Sin embargo, el Pleno invalidó diversos artículos de la misma ley que obligaban a obtener permisos estatales antes de transportar o exportar ganado, productos y subproductos pecuarios. Entre ellos estaban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales o autorizaciones emitidas por inspectores.















