

Durante años, una condición específica limitó el acceso a un cargo clave del control del gasto público en un estado mexicano. Sin embargo, un fallo de la Corte Suprema dejó sin efecto ese requisito y abrió el debate sobre las restricciones para ocupar ciertos puestos públicos.
La resolución, que sentó un precedente relevante, fue interpretada por especialistas como un cambio significativo en los criterios que los estados pueden exigir para acceder a determinados empleos dentro de la administración pública.
Aunque el fallo no fue presentado como una novedad absoluta, su impacto es concreto y directo. La Corte Suprema volvió a poner un límite claro a los congresos estatales y confirmó que hay condiciones que no pueden imponerse sin respaldo constitucional, incluso cuando se trata de cargos de alto nivel.
Fin del requisito de nacionalidad por nacimiento: declaraciones de la Corte Suprema
El Congreso local de Durango había excedido sus facultades al establecer la condición de que la persona titular de la Auditoría Superior debía ser mexicana por nacimiento y no poseer otra nacionalidad.

La Corte Suprema consideró que esta exigencia generaba una distinción injustificada, afectando el acceso a empleos públicos y potencialmente conduciendo a un trato discriminatorio en el ámbito estatal.
Según la resolución, dicho requisito carece de fundamento en la Constitución Política Federal. La Corte había subrayado que únicamente la Constitución y las leyes del Congreso de la Unión pueden reservar ciertos cargos a personas mexicanas por nacimiento sin otra nacionalidad, lo cual no se aplica en este caso.
El Pleno de la Corte Suprema invalidó una porción del artículo 97, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Durango.
Auditoría Superior de Durango: Oportunidades en el Sector Público
Con este fallo, el requisito cambió de manera definitiva. Para encabezar la Auditoría Superior de Durango ya no es obligatorio ser mexicano por nacimiento ni carecer de otra nacionalidad. A partir de ahora, solo basta con ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Como parte de ese fallo, la Corte Suprema había notificado al Congreso del Estado de Durango sobre la necesidad de adecuar su legislación a este criterio. A partir de esa resolución, el cargo puede ser ocupado también por personas mexicanas por naturalización y por quienes tengan doble nacionalidad, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos por la ley.
La decisión de la SCJN se inscribió en una línea jurisprudencial sostenida por el tribunal, según la cual los congresos estatales no pueden restringir el acceso a empleos públicos sin un fundamento constitucional expreso.
En este caso, la Corte consideró que las funciones vinculadas al control del gasto público no justificaban una limitación de ese tipo.














