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En la mayoría de los casos, los extranjeros necesitan una visa americana vigente para ingresar a Estados Unidos.
Sin embargo, existe un documento totalmente legal que permite cruzar la frontera sin tener una visa estampada en el pasaporte, siempre que el viaje sea por motivos de turismo, negocios o visitas familiares.
Se trata del Formulario DSP-150, una autorización especial destinada a determinados extranjeros.
Qué es el Formulario DSP-150
El Formulario DSP-150, más conocido como Tarjeta de Cruce Fronterizo (Border Crossing Card o BCC), es un documento emitido para ciudadanos mexicanos que les permite ingresar a Estados Unidos sin necesidad de contar con una visa americana estampada en el pasaporte. Tiene una vigencia de hasta 10 años desde su emisión.
Sin embargo, su uso no es ilimitado. Solo puede utilizarse bajo determinadas condiciones, ya que existen restricciones sobre el punto de ingreso, el tiempo de permanencia y la distancia que el titular puede desplazarse dentro del territorio estadounidense.
Quiénes pueden obtener el Formulario DSP-150
La Tarjeta de Cruce Fronterizo (BCC, por sus siglas en inglés) solo se otorga a ciudadanos o residentes de México que cumplan con los requisitos para las visas de turista y negocios (B1/B2) y tengan previsto permanecer en Estados Unidos por un período máximo de seis meses.
Además, los solicitantes deben demostrar que mantienen vínculos sólidos con México, como trabajo, estudios, familia o propiedades, que acrediten su intención de regresar una vez finalizada su estadía temporal en territorio estadounidense.
Para obtener este documento es necesario contar con un pasaporte mexicano vigente, completar la solicitud correspondiente, asistir a una entrevista consular cuando sea requerida y acreditar que el motivo del viaje se ajusta a los fines autorizados para la Tarjeta de Cruce Fronterizo.

Cómo solicitar la Tarjeta de Cruce Fronterizo (BCC) para ingresar a Estados Unidos
Los ciudadanos mexicanos que deseen obtener una Tarjeta de Cruce Fronterizo (Border Crossing Card o BCC) deben completar un trámite similar al de una visa de turista B1/B2.
El proceso incluye un formulario en línea, el pago de una tarifa y una entrevista presencial en un consulado o la embajada de Estados Unidos en México.
Paso a paso para tramitar la BCC
- Completar el formulario DS-160. Se realiza de forma online y requiere cargar una foto digital, además de responder preguntas sobre el viaje, el trabajo y los antecedentes del solicitante.
- Pagar la tarifa correspondiente. Una vez enviado el formulario, se debe abonar el arancel de la solicitud para poder avanzar con el trámite.
- Programar la entrevista. La cita se solicita en la Embajada o en un Consulado de Estados Unidos en México. Durante la entrevista se toman datos biométricos, como la fotografía y las huellas dactilares, y el oficial consular realiza preguntas sobre el motivo del viaje, los vínculos con México y la situación económica del solicitante.
Documentos necesarios
Para la entrevista es importante presentar:
- Pasaporte mexicano vigente.
- Confirmación impresa del formulario DS-160.
- Comprobante de pago de la tarifa.
- Documentación que demuestre vínculos con México (empleo, estudios, propiedades o familia).
- Pruebas de solvencia económica, como estados de cuenta o comprobantes de ingresos.
- Fotografía reciente con las especificaciones exigidas.
- La BCC anterior, si se trata de una renovación.
Si la solicitud es aprobada, el solicitante recibirá la tarjeta DSP-150 (BCC), que suele entregarse entre una y tres semanas después de la aprobación, aunque el plazo puede variar según el consulado.

¿Hasta dónde permite viajar la Tarjeta de Cruce Fronterizo?
Los titulares de la Tarjeta de Cruce Fronterizo pueden ingresar a Estados Unidos por vía terrestre o marítima y desplazarse dentro de la zona fronteriza autorizada sin necesidad de tramitar el formulario I-94.
Sin embargo, el límite de distancia permitido depende del estado por el que se realice el ingreso.
- Texas: 25 millas.
- California: 25 millas.
- Nuevo México: 55 millas.
- Arizona: 75 millas.
Si el viajero necesita ir más allá del área restringida, necesitará un registro de llegada/salida del Formulario I-94.















