

Al momento de realizar un viaje en avión es importante contar con toda la documentación que se requiere para evitar cualquier contratiempo. Sin embargo, en algunas ocasiones puede ocurrir que un vuelo se vea cancelado por diferentes motivos.
Cuando esto sucede, las compañías aéreas deben cumplir una serie de obligaciones con los viajeros para que puedan realizar el viaje. En este aspecto, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) establece cuáles son los derechos que tienen los pasajeros ante este tipo de circunstancias.
Las cancelaciones, por su parte, varían respecto de si fueron anticipadas o bien si se produjeron horas previas a la salida del vuelo.
Qué derechos tiene un pasajero cuando se cancela anticipadamente un vuelo
Cuando el Transportador cancela un vuelo con hasta 30 días de anticipación a la fecha programada de partida, la aerolínea debe garantizarle al viajero una serie de soluciones o alternativas.

En este aspecto, la ANAC señala que tienen que ser garantizadas, sin excepción, las siguientes condiciones:
- La inclusión del pasajero en la misma clase tarifaria en el vuelo inmediato posterior hacia el mismo destino.
- El endoso del contrato de transporte en equivalentes condiciones tarifarias en transportadores aéreos que tuvieren convenio de aceptación en contingencias.
- Brindar el viaje por otra ruta hacia el destino del contrato en los servicios del mismo transportador, o de otro transportador aéreo con convenio de aceptación en contingencias, o por otro medio de transporte.
Ahora bien, en el caso que el pasajero no acepte alguna de estas condiciones, podrá solicitarse la devolución del pasaje.
Las aerolíneas deben brindar asistencia a los pasajeros
Sin embargo, las condiciones cambian cuando el vuelo es cancelado en el momento en que el pasajero se encuentra en la zona de preembarque y es allí cuando se le debe prestar máxima atención.
Qué ocurre cuando la cancelación es horas previas al vuelo
Según las disposiciones de la ANAC, cuando la cancelación ocurre una vez iniciado el proceso de transporte, es decir, cuando el pasajero ya realizó los trámites administrativos y se encuentra en la zona de preembarque, la aerolínea debe ofrecer alternativas para que pueda llegar a su destino.
Además de las obligaciones mencionadas anteriormente se le suman servicios de asistencia, denominados servicios incidentales, entre las cuales se encuentran comida, alojamiento y traslados.
Estas prestaciones varían según el tiempo de espera con el vuelo siguiente y se componen de la siguiente manera:
- Hasta 4 horas de demora: en general, no corresponde asistencia, excepto si el retraso ocurre en horario nocturno, entre las 00 y las 6.
- Más de 4 y hasta 8 horas: la aerolínea debe proporcionar comidas y refrescos suficientes, de acuerdo con el tiempo de espera.
- Más de 8 horas: además de comidas y refrescos, debe brindar alojamiento y los traslados correspondientes.

















